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Decreto Local 010 de 2021

Decreto Local 010 de 2021 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2021
Fecha
9 de julio de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2021

(Julio 09)

_Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la Vigencia Fiscal 2021_

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el tercer inciso del artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales _: “…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación_.”

Que según el Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local, en el numeral _“3.9.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”_ __ Que la Circular 009 del 22 de marzo de 2011 emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Gobierno, en el parágrafo cuarto del numeral 1.1, en cuanto a los recursos liberados de obligaciones por pagar, establece que: _“….., los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-……”._ Que la Administración Local, viene realizando el proceso de Depuración de Obligaciones por Pagar, con la asesoría y apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno y durante la presente vigencia ha liberado saldos de Obligaciones por Pagar mediante el Acta No. 5 del 28 de diciembre de 2020, saldo que no alcanzó a liberarse a 31 de diciembre de 2020 y quedó para liberar en la presente vigencia, disponiéndose de un monto por valor $ 326.887.000.

Que una vez liberado el monto de Obligaciones por Pagar, es necesario efectuar un traslado presupuestal con el fin de fortalecer económicamente el rubro presupuestal 133011602331970 “Suba recupera y mantiene sus parques”. Que mediante oficio No. 2-2021-48878 del 22 de junio de 2021 la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2021 por valor de $ 326.887.000. Que mediante oficio No. 2020EE115681O1 del 9 de julio de 2021 la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2021 por valor de $326.887.000. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | CONTRACRÉDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 326.887.000 133 | INVERSIÓN | 326.887.000 13306 | OBLIGACIONES POR PAGAR | 326.887.000 1330690 | Obligaciones por pagar vigencias anteriores | 326.887.000 TOTAL CONTRACREDITO | 326.887.000 Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2021, de conformidad con el siguiente detalle:

CODIGO | NOMBRE | CRÉDITO ---|---|--- 13 | GASTOS | 326.887.000 133 | INVERSIÓN | 326.887.000 13301 | DIRECTA | 326.887.000 1330116 | Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 326.887.000 133011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | 326.887.000 13301160233 | Más árboles y más y mejor espacio público. | 326.887.000 133011602330000001970 | Suba recupera y mantiene sus parques | 326.887.000 | TOTAL CRÉDITO | 326.887.000 Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [expedición](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114671).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 9 días del mes de julio del año 2021.

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

Alcalde Local de Suba

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