Resolución 393 de 2021
Resolución 393 de 2021 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Tipo
- Resolución
- Número
- 393
- Año
- 2021
- Fecha
- 8 de junio de 2021
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 393 DE 2021
(Junio 8) _Por medio de la cual se ordena apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos-PDE 2021 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_ EL SECRETARIO DE DESPACHO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3° del Decreto Distrital No. 340 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) de la Constitución Política, establece: "_El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación"._ Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia dispone: "_La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnología y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estímulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades_ "
Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1.n.3) del artículo 1 de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: _“El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”._ Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: _“El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”._ Asimismo, en su artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) establece: _"El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”_ __ Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal [j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j), establece: _“Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”._ __ Que la misma norma en el literal ([h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#12.l.h)) del artículo 12, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de "_Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales_ ".
Que con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha creado el Programa Distrital de Estímulos, el cual tiene como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas o para realzar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector. Que, en virtud del anterior marco normativo, y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordena la apertura de convocatorias del Programa Distrital de Estímulos-2021, relacionadas en el artículo primero de la presente resolución.
Que las condiciones y requisitos de participación de las convocatorias que se abren mediante el presente acto administrativo se encuentran establecidas en el documento denominado _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN”_ y en los documentos que contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, y que serán publicados en el siguiente micrositio:
Que en consideración de lo expuesto.
RESUELVE:
Artículo 1.
Ordenar la apertura de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2021 de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, relacionadas a continuación: | Convocatoria | Monto del estímulo | N.º de estímulos | Monto total de la convocatoria | CDP | **Fecha de apertura ---|---|---|---|---|--- __ _“Premio Julio González 2021”
_ | $30.000.000 | 1 | $30.000.000 | N/A | 8 de junio de 2021 _“Premio Vida y Obra”_ | $50.000.000 | 1 | $50.000.000 | Nº 260 del 09/02/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca Innova-Arte Escénicas”_ | Personas naturales: $9.000.000 Agrupaciones: $30.000.000 Personas jurídicas $50.000.000 | Personas naturales: 8 Agrupaciones:10 Personas jurídicas: 14 | $1.072.000.000 | N.º 489 del 27/05/2021. Nº 492 del 27/05/2021. Nº 493 del 27/05/2021. Nº 501 del 02/06/2021. Nº 502 del 02/06/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural en la localidad de Barrios Unidos”_ | $20.000.000 | 10 | $200.000.000 | Nº 467 del 20/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de eventos artísticos, culturales y patrimoniales en la localidad de Barrios Unidos”_ | $15.000.000 | 8 | $120.000.000 | N.º 469 del 20/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural en la localidad de Fontibón”_ | $16.000.000 | 27 | $432.000.000 | Nº 468 del 20/05/2021. | 8 de junio de 2021 __ _“Beca para la realización de eventos artísticos y culturales en la localidad Antonio Nariño”._ | $15.000.000 | 11 | $165.000.000 | Nº 459 del 20/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural en la localidad Antonio Nariño”._ | $20.000.000 | 5 | $100.000.000 | Nº 462 del 20/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural en la localidad de Ciudad Bolívar”._ | $15.000.000 | 24 | $360.000.000 | Nº 460 del 20/05/2021 | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural con enfoque poblacional en la localidad de Ciudad Bolívar”._ | $ 15.000.000 | 11 | $165.000.000 | Nº 461 del 20/05/2021 | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de eventos artísticos y culturales en la localidad de Ciudad Bolívar”._ | $15.000.000 | 31 | $465.000.000 | Nº 463 del 20/05/2021. | 01 de julio de 2021 _“Beca para la realización de eventos artísticos y culturales en la localidad de San Cristóbal”._ | $15.000.000 | 50 | $750.000.000 | Nº 508 del 03/06/2021 | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de eventos artísticos y culturales con enfoque poblacional en la localidad de San Cristóbal”._ | $15.000.000 | 9 | $135.000.000 | Nº 514 de 04/06/2021. | 01 de julio de 2021 _“Beca para la realización de procesos de formación artística y cultural en la localidad de San Cristóbal”._ | $20.000.000 | 27 | $540.000.000 | Nº 506 del 03/06/2021 | 8 de junio de 2021 _“Beca para la realización de eventos artísticos y culturales en el marco de la celebración de la semana de la cultura de la localidad de San Cristóbal”._ | $15.000.000 | 30 | $450.000.000 | Nº 515 del 04/06/2021. | 01 de julio de 2021 _“Beca Construcción de Memorias Transformadoras para la Vida y la Paz”._ | $17.000.000 | 3 | $51.000.000 | Nº 438 del 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca de Diálogos y encuentros de Mujeres Rurales y Campesinas”._ | $14.000.000 | 3 | $42.000.000 | Nº 435 de 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca Decenio Afrodescendiente”._ | $10.000.000 | 3 | $30.000.000 | Nº 434 del 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca Iniciativas culturales relacionadas con Actividades Sexuales Pagadas”_ | $11.000.000 | 2 | $22.000.000 | Nº 439 de 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca para el Fortalecimiento de las Iniciativas Artísticas y Culturales de las personas de los Sectores Sociales LGBTI”._ | $11.000.000 | 2 | $22.000.000 | Nº 437 de 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca de Ciudadanías Juveniles Locales”_ | $10.000.000 | 8 | $80.000.000 | Nº 486 del 26/05/2021. | 8 de junio de 2021 _Convocatoria “Iniciativas de Intercambio y Dialogo Intergeneracional con Personas Mayores”._ | $14.000.000 | 3 | $42.000.000 | Nº 436 del 10/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Beca Celebración del Día del Arte Urbano 2021”._ | Tres (3) estímulos para la categoría de Nuevos Talentos: Intervenciones de micro formato de $7.000.000 cada una. Tres (3) estímulos para la categoría de Artistas con Experiencia: Intervenciones de pequeño formato de $10.000.000 cada una. Tres (3) estímulos para la categoría de Valoración de Entornos Artísticos de $7.500.000 cada uno. | Tres (3) estímulos para la categoría de Nuevos Talentos. Tres (3) estímulos para la categoría de Artistas con Experiencia: Intervenciones de pequeño formato. Tres (3) estímulos para la categoría de Valoración de Entornos Artísticos. Total: 9 estímulos. | $73.500.000 | Nº 478 del 21/05/2021. | 8 de junio de 2021 _Beca Artistas de Clase._ _Proceso de formación informal para cualificar artistas regulados del espacio público en las artes escénicas”._ | $45.000.000 | 1 | $45.000.000 | Nº 479 del 21/05/2021. | 8 de junio de 2021 _Beca “Entornos Universitarios: Iniciativas de la comunidad universitaria para la construcción de confianza y convivencia con enfoque de Cultura Ciudadana”._ | $10.000.000 | Categoría 1: Tres (3) estímulos para la comunidad universitaria vinculada a la Universidad Pedagógica Nacional. Categoría 2: Tres (3) estímulos para la comunidad universitaria vinculada a la Universidad Distrital. Total: 6 estímulos | $60.000.000 | Nº 487 del 27/05/2021. | 8 de junio de 2021 _“Premio a la Promoción y Gestión de la Cultura Ciudadana 2021_ _a organizaciones sociales, culturales y comunitarias”_ | $8.000.000 | 10 | $80.000.000 | Nº 499 de 02/06/2021 | 8 de junio de 2021 __ _“Beca Iniciativas culturales juveniles para la prevención de la maternidad y la paternidad tempranas”._ | Categoría 1: 12 estímulos de $15.000.000 Categoría 2: 4 estímulos de $20.000.000. | Categoría 1: 12 estímulos de $15.000.000 Categoría 2: 4 estímulos de $20.000.000. | $260.000.000 | Categoría 1 Nº 12036 Nº 12037 Nº 12039 Nº 12040 Nº 12042 Nº 12043 Nº 12046 Nº 12048 Nº 12049 Nº 12055 Nº 12056 Nº 12057 del 26/05/2021. Categoría 2 Nº 12044 Nº 12045 Nº 12051 Nº 12052 del 26/05/2021 | 8 de junio de 2021
_*__Los recursos para la presente vigencia del premio JULIO GONZÁLEZ GÓMEZ, por valor de $30'000.000, se encuentran respaldados por la certificación expedida por la Jefe de la Oficina de Consolidación de la Subdirección de Operación Financiera de la Dirección Distrital de Tesorería de la Secretaría Distrital de Hacienda, radicada con radicado SDH Nro. 2021EE009722O1 y radicado de SCRD Nro. 20217100016422._
ARTÍCULO 2. Los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2021 que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en el documento denominado _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN”,_ y en los documentos que contienen los requisitos específicos de cada convocatoria, los cuales forman parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 3. Los recursos para el desarrollo y ejecución de cada una de las convocatorias relacionadas en el artículo primero de la presente resolución serán atendidos con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados frente a cada una de ellas.
ARTICULO 4. Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias en el micrositio de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTICULO 5. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a las Direcciones de: Arte, Cultura y Patrimonio, Asuntos Locales y Participación y Fomento; a la Subdirección de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento y, a la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO 6. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
ARTÍCULO 7. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C, a los 8 días del mes de junio del año 2021
NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
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