Resolución 085 de 2021
Resolución 085 de 2021 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Resolución
- Número
- 085
- Año
- 2021
- Fecha
- 3 de junio de 2021
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 085 DE 2021
(Junio 03)
_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2021_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., los Acuerdo 001 de 2007, 006 de 2016, 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva del IDT, y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,
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CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ Que el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto Distrital 777 de 2019 dispone que las modificaciones al anexo del decreto de liquidación de los Establecimientos Públicos del Distrito se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Sobre la necesidad de concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en su parágrafo se señala que _“se exceptúan del concepto previo y favorable de la secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario, contribuciones inherentes a la nómina, remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales)”._ Que, según lo estipulado en circular externa expedida por la Dirección Distrital de Presupuesto No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, _“…NO se requerirá trámite habitual ante la Dirección Distrital de Presupuesto – Secretaría Distrital de Hacienda, cuando se trate de traslados en gastos de funcionamiento al interior de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales.”_ Que, mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270#0) de fecha 01 de Septiembre de 2016 la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir, que para la vigencia 2021, la autorización es hasta CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($183.522.252) PESOS M. CTE., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento del requisito de viabilidad otorgado por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que de conformidad con el literal [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029#9.l.b) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016, expedido por la Junta Directiva del Instituto, en desarrollo de las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del IDT, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($344.984) fundamentado en la necesidad de cubrir el pago del valor retroactivo por concepto de indemnización por vacaciones sobre la liquidación de prestación de prestaciones sociales de la ex funcionaria Ángela Guzmán Villate, quien trabajó en la Entidad hasta el día 4 de abril de 2021, como Profesional Especializado de la Subdirección de Gestión de Destino del Instituto Distrital de Turismo – IDT, por $290.753 y del ex funcionario Oscar Alberto Sarmiento Ceballos, quien trabajó en la Entidad hasta el día 31 de enero de 2021, como jefe de la Oficina Asesora de Planeación, por $54.231. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO PESOS MCTE ($344.984).
Artículo 2. REMISIÓN: Remítanse copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes. Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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Dada en Bogotá D. C., a los 03 días del mes de junio del año 2021.
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General
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