Resolución 078 de 2021
Resolución 078 de 2021 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Resolución
- Número
- 078
- Año
- 2021
- Fecha
- 24 de mayo de 2021
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 078 DE 2021
(Mayo 24)
_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2021_ __ LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., los Acuerdos 001 de 2007, 006 de 2016, 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva del IDT,
##
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.
Que de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ Que el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9) del Decreto 777 de 2019 dispone que las modificaciones al anexo del decreto de liquidación de los Establecimientos Públicos del Distrito se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, los cuales requieren del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y, cuando se trata de gastos de inversión, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al Director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2021, la autorización es hasta CIENTO OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($183.522.252)
PESOS MCTE, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento del requisito de viabilidad otorgado por la Secretaría Distrital de Hacienda.
## Que de conformidad con el literal [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029#9.l.b) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016 expedido por la Junta Directiva del Instituto, en desarrollo de las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del IDT, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS MCTE ($9.976.695), fundamentado en la necesidad de adquirir la cantidad de licencias requeridas por el Instituto según el número de colaboradores que requieren cuenta de correo institucional para realizar las labores institucionales.
## Que, mediante comunicación No. 2021EE072357 del 19 de mayo de 2021, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS MCTE ($9.976.695). Que, en mérito de lo expuesto,
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RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS MCTE ($9.976.695).
Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes. Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
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PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
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Dada en Bogotá D. C., a los 24 días del mes de mayo del año 2021.
KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General
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