Circular 006 de 2021
Circular 006 de 2021 Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Tipo
- Circular
- Número
- 006
- Año
- 2021
- Fecha
- 13 de mayo de 2021
- Entidad
- Secretaría de Educación del Distrito - SED
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 006 de 2021 ( Mayo 13) PARA: DIRECTORAS Y DIRECTORES LOCALES DE EDUCACIÓN, RECTORAS Y RECTORES DE COLEGIOS DISTRITALES DE BOGOTÁ, COLEGIOS DISTRITALES EN ADMINISTRACIÓN CONTRATADA Y COLEGIOS CON ESTUDIANTES CON MATRÍCULA CONTRATADA DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
FECHA: 13 DE MAYO DE 2021
ASUNTO: ORIENTACIONES FRENTE AL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 237 DE 2021, PROFERIDA POR EL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN – ICFES El pasado 23 de abril el ICFES profirió la Resolución 237 de 2021, “ _Por la cual se ordena la disposición de saldos en favor de algunas instituciones educativas oficiales por concepto de inscripciones de estudiantes para la prueba de Estado Saber 11 calendario A de la vigencia 2020_ ”, a través de la cual ordenó “ _la disposición de los recursos en la plataforma PRISMA a las instituciones educativas listadas en el Anexo 1 de este acto administrativo, con el fin de que lo utilicen para el pago del valor de la inscripción de estudiantes a la prueba Saber 11 calendario A de 2021_ ”. En atención a lo dispuesto en el referido acto administrativo y con el fin de atender las posibles inquietudes que el mismo suscite entre las IED, esta Secretaría presenta las siguientes orientaciones: 1. Se recomienda a las instituciones educativas no disponer de los recursos que eventualmente se pongan a su disposición a través de la plataforma PRISMA del ICFES, atendiendo a que no pueden ser incorporados como ingresos al presupuesto de las IED[1], y a que en términos presupuestales y contables la titularidad de los recursos sigue estando en cabeza del Instituto. 2. Por las mismas razones esbozadas en precedencia, se considera inoportuno que, vía recurso de reposición, se solicite el “ _reintegro_ ” de los recursos “ _en la modalidad de consignación en cuenta bancaria_ ” tal como lo sugiere el referido acto administrativo en su parte motiva y en el artículo 6º. 3. Tal como fue comunicado previamente, se reitera que la SED dispondrá de los recursos necesarios para financiar la inscripción a la Prueba Saber 11° - Calendario A del año 2021, para todos los estudiantes de las diferentes jornadas, matriculados en grado 11° o ciclo 5 en colegios oficiales y colegios oficiales en administración, así como a los estudiantes de matrícula oficial contratada en colegios privados. 4. En caso de presentarse nuevos requerimientos de devolución de los pagos realizados por concepto de inscripción en la Prueba Saber 11- calendario A en 2020, los mismos deben ser trasladadas al ICFES[2], en calidad de entidad receptora de dichos pagos y, por tanto, responsable de tramitar dichas solicitudes. Cordial saludo, EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ Secretaria de Educación del Distrito | Fernando Augusto Medina | Jefe de la Oficina Asesora Jurídica | Revisó y Aprobó ---|---|--- Andrés Mauricio Castillo Varela | Subsecretario Calidad y Pertinencia | Revisó y Aprobó Ángela María González Lozada | Contratista – Despacho | Revisó Leonardo Alfonso Castiblanco Paez | Director Financiero | Revisó Maribel Páez Mendieta | Directora de Evaluación de la Educación | Revisó Jorge Mateus | Abogado Subsecretaría CyP | Elaboró
NOTAS DE PIE DE PÁGINA:
* * * [1] Según lo dispuesto en las normas que rigen los Fondos de Servicios Educativos [2] En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1437 de 2011
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