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Resolución SDH-000344 de 2021

Resolución SDH-000344 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda

Tipo
Resolución
Número
SDH-000344
Año
2021
Fecha
19 de junio de 2021
Entidad
Resolución SDH-000344 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

Resolución SDH-000344 DE 2021

(Mayo 19)

_Por la cual se efectúa una modificación en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de la Mujer para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021_ __ EL SECRETARIO DISTRITAL DE HACIENDA

En uso de la facultad conferida por el artículo 52 del Acuerdo Distrital 788 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996 establece que “ _Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones (…)”_ Que mediante el Acuerdo Distrital No. [788](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103427) del 22 de diciembre de 2020 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2021, el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital No. [328](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104050) del 29 de diciembre de 2020.

Que el artículo [52](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103427#52) de las disposiciones generales del Acuerdo Distrital 788 de 22 de diciembre de 2020 establece que “ _Para las entidades distritales que actualmente cuentan con empleos temporales, una vez hayan agotado el estudio técnico de modernización institucional de que trata el artículo[46](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#46) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45234#228) del Decreto Nacional 019 de 2012 y de ser el caso, se establezca la necesidad de crear empleos permanentes, se autoriza a la Secretaría Distrital de Hacienda para efectuar los traslados a que haya lugar, de inversión a funcionamiento, teniendo en cuenta las normas presupuestales vigentes, la sostenibilidad fiscal y las medidas de racionalización del gasto. La conversión de estas plantas no implicará costos adicionales.”_ Que la Secretaría Distrital de la Mujer, mediante comunicación No. 1-2021-003717, radicada en la Secretaría Distrital de Hacienda con el No. 2021ER65056O1 del 7 de mayo de 2021 y correo electrónico del 17 de mayo, solicita realizar el traslado presupuestal entre agregados en el presupuesto, de gastos de inversión a funcionamiento, con el fin de modificar la planta de empleos de la Secretaría Distrital de la Mujer.

Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo [46](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861#46) de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo [228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=45322#228) del Decreto Ley 019 de 2012, la Secretaria Distrital de la Mujer presentó la justificación técnica para la modificación de la planta de personal. En dicha justificación indicó que para soportar la ejecución del modelo de operación de las Casas de Igualdad de Oportunidades, cuenta con una planta de empleos de carácter temporal creada a través del Decreto Distrital [388](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67015) de 2016, cuya vigencia ha sido prorrogada en varias ocasiones.

Que estos empleos se han financiado en las vigencias 2020 y 2021 con el Proyecto 7675 - Implementación de la estrategia de territorialización de la política pública de mujeres y equidad de género a través de las Casas de Igualdad de Oportunidades, para las mujeres en Bogotá.

Que por lo anterior, se requiere crear empleos de carácter permanente que permitan garantizar la continuidad en la prestación del servicio de las Casas de Igualdad de Oportunidades, así como prestar la atención y asesoría de conformidad con el marco normativo que garantiza los derechos a la atención oportuna, integral y de calidad a las mujeres víctimas de violencia.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil, mediante comunicación No. 2021EE2371O1 del 27 de abril de 2021, emitió concepto técnico favorable para la creación de los citados empleos.

Que teniendo en cuenta lo establecido en el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449) del Decreto Distrital 777 de 2019, la Secretaría Distrital de Planeación, mediante oficio 2-2021-34422 del 6 de mayo de 2021, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal.

Que la presente Resolución no modifica el valor del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la presente vigencia.

Que la presente modificación se aprueba considerando que la Secretaría Distrital de la Mujer efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=108825#2)º del Decreto 69 de 2021, “Por medio del cual se establece el trámite para la participación ciudadana en los proyectos específicos de regulación y se adoptan otras disposiciones”, este proyecto no se publicó en la página web de la Secretaría Jurídica Distrital. En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Efectúese un traslado en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de la Mujer, por la suma de TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS ($3.682.344.892) M/CTE, así:

CONTRACRÉDITOS

| 0121- SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER --- CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT 13 | GASTOS | 3.682.344.892 133 | INVERSIÓN | 3.682.344.892 13301 | DIRECTA | 3.682.344.892 1330116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 3.682.344.892 133011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | 3.682.344.892 13301160102 | Igualdad de oportunidades y desarrollo de capacidades para las mujeres | 3.682.344.892 133011601020000007675 | Implementación de la Estrategia de Territorialización de la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género a través de las Casas de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres en Bogotá | 3.682.344.892 __ | TOTALCONTRACRÉDITOS | 3.682.344.892

CRÉDITOS

0121- SECRETARÍA DISTRITAL DE LA MUJER --- CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT 13 | GASTOS | 3.682.344.892 131 | GASTOSDEFUNCIONAMIENTO | 3.682.344.892 13101 | Gastos de personal | 3.682.344.892 1310101 | Planta de personal permanente | 3.682.344.892 131010101 | Factores constitutivos de salario | 2.706.119.920 13101010101 | Factores salariales comunes | 2.010.607.634 1310101010101 | Sueldo básico | 1.750.717.500 1310101010108 | Bonificación por servicios prestados | 55.750.625 1310101010110 | Prima de navidad | 204.139.509 13101010102 | Factores salariales especiales | 695.512.286 1310101010201 | Prima de antigüedad | 52.521.525 1310101010202 | Prima técnica | 573.206.256 1310101010203 | Prima semestral | 69.784.505 131010102 | Contribuciones inherentes a la nómina | 976.224.972 13101010201 | Aportes a la seguridad social en pensiones | 291.863.509 1310101020101 | Aportes a la seguridad social en pensiones pública | 135.329.057 1310101020102 | Aportes a la seguridad social en pensiones privada | 156.534.452 13101010202 | Aportes a la seguridad social en salud | 206.736.652 1310101020201 | Aportes a la seguridad social en salud privada | 206.736.652 13101010203 | Aportes de cesantías | 239.750.512 1310101020301 | Aportes de cesantías a fondos públicos | 171.364.796 1310101020302 | Aportes de cesantías a fondos privados | 68.385.716 13101010204 | Aportes ac ajas de compensación familiar | 100.079.216 1310101020401 | Compensar | 100.079.216 13101010205 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales | 12.696.063 1310101020501 | Aportes generales al sistema de riesgos laborales públicos | 12.696.063 13101010206 | Aportes al ICBF | 75.059.412 1310101020601 | Aportes al ICBF de funcionarios | 75.059.412 13101010207 | Aportes al SENA | 12.509.902 1310101020701 | Aportes al SENA de funcionarios | 12.509.902 13101010208 | Aportes a la ESAP | 12.509.902 1310101020801 | Aportes a la ESAP de funcionarios | 12.509.902 13101010209 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos | 25.019.804 1310101020901 | Aportes a escuelas industriales e institutos técnicos de funcionarios | 25.019.804 __ | TOTAL CRÉDITOS | 3.682.344.892 Artículo 2. Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección Distrital de Presupuesto, Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y a la Secretaría Distrital de la Mujer.

Artículo 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112617) en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 19 días del mes de mayo del año 2021.

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

Secretario Distrital de Hacienda

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