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Decreto Local 008 de 2021

Decreto Local 008 de 2021 Alcaldía Local de Chapinero - Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2021
Fecha
21 de junio de 2021
Entidad
Alcaldía Local de Chapinero - Alcaldía Local de Chapinero
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 08 DE 2021

(Mayo 21)

_Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, de conformidad con el Acuerdo Local N° 002 aprobado por la Junta Administradora Local el 11 de mayo de 2021_

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, a 31 de diciembre de 2020, el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, cerro la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 758.779.649.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 23 de marzo de 2021, y conforme a lo establecido en los artículos 37° y 38° del Decreto 372 de 2010 comunicó la decisión tomada en su sesión N°03, celebrada el 19 de marzo 2021, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2020, al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero se le asignó una partida de $ 923.000.000. Que, es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2021, los recursos asignados por el CONFIS. Que, los recursos adicionales, serán ejecutados $200.000.000, en el componente 133011603480000001740 Chapinero para vivir sin miedo y $723.000.000 para el componente 133011604490000001734 Chapinero Modelo de Movilidad Inteligente, dentro del proyecto de inversión 1330116 _“Un nuevo contrato social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI”._ Que el 19 de abril de 2021, la Secretaría Distrital de Planeación, emitió concepto favorable N° 2-2021- 28838, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros. Que, el Alcalde presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de Chapinero, remitió el Acuerdo Local N° 002 aprobado el 11 de mayo de 2021. Que, el Alcalde Local de Chapinero sancionó el Acuerdo Local N° [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112482) de 2021 el día 18 de mayo de 2021. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de NOVECIENTOS VEINTITRES MILLONES DE PESOS. ($923.000.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle: | 12 | INGRESOS | $923.000.000 ---|---|--- 124 | RECURSOS DE CAPITAL | $923.000.000 12407 | Excedentes Financieros | $923.000.000 1240703 | Fondos de Desarrollo local | $923.000.000 TOTAL, INGRESOS | $923.000.000

Artículo 2. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, por valor de NOVECIENTOS VEINTITRES MILLONES DE PESOS. ($923.000.000) M/CTE, conforme al siguiente detalle:

13 | GASTOS | $923.000.000 ---|---|--- 133 | INVERSIÓN | $923.000.000 13301 | Directa | $923.000.000 1330116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $923.000.000 133011603 | Inspirara confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | $923.000.000 133011603480000001740 | Chapinero para vivir sin miedo | $200.000.000 133011604 | Hacer de Bogotá región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | $723.000.000 133011604490000001734 | Chapinero modelo de movilidad inteligente | $723.000.000 TOTAL GASTOS | $923.000.000 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de mayo del año 2021.

OSCAR YESID RAMOS CALDERON

Alcalde Local de Chapinero

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