Jurismart

Resolución 296 de 2021

Resolución 296 de 2021 Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP

Tipo
Resolución
Número
296
Año
2021
Fecha
14 de abril de 2021
Entidad
Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 296 DE 2021

(Abril 14)

_Por la cual se modifica el término de entrada en vigencia de la Resolución[1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165)del 31 de diciembre de 2020 “Por la cual se fija el contenido y características técnicas para el suministro de la información a la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), como administradora del Registro Único de Aportantes al Sistema de Seguridad Social (RUA)_

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), en ejercicio de sus facultades legales y, en especial, las conferidas en el numeral 11 del artículo 9° del Decreto número 575 de 2013 y en los artículos 2.12.6.1 y 2.12.7.3 del Decreto 1068 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) en ejercicio de sus atribuciones legales expidió la Resolución [1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) del 31 de diciembre de 2020, mediante la cual fijó el contenido y características técnicas para el suministro de la información, como administradora del Registro Único de Aportantes al Sistema de Seguridad Social (RUA).

Que el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165#15) de la Resolución 1127 de 31 de diciembre de 2020 señaló: _ __“PERÍODO DE TRANSICIÓN, VIGENCIA y DEROGATORIAS: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos tres (3) meses después de su publicación, con el fin de que los obligados al suministro de la información aquí prevista realicen los ajustes a sus sistemas de información, para atender el cumplimiento de los reportes en los términos señalados y deja sin efectos los actos administrativos relacionados con el suministro de información con destino al Registro único de Aportante RUA. _ __ _Parágrafo. Las administradoras del Sistema de la Protección Social que han venido siendo obligados a la entrega de la información con destino al Registro Único de Aportantes, la continuarán suministrando hasta el corte del mes de junio de 2020, en los términos y condiciones exigidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Resolución”._ Que la Resolución [1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) de 2020 fue publicada en el _Diario Oficial_ 51.547 del 4 de enero de 2021.

Que en las reuniones de acompañamiento para el reporte de la información requerida en la Resolución [1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) de 2020 relativa a (i) Los pagos realizados directamente a las administradoras en el respectivo periodo, (ii) Las devoluciones de aportes realizadas a los obligados, y (iii) Los ajustes de información en las autoliquidaciones de aportes, solicitados por los aportantes; las Administradoras han manifestado _“no contar con una parametrización en sus sistemas de información, que les permita obtener datos estadísticos de las novedades que se realizan por fuera del actual esquema de recaudo de aportes PILA, por lo que la extracción de la información requerida por esa Unidad mediante Resolución[1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) de 2020 demanda la implementación de desarrollos tecnológicos para obtener de manera confiable, oportuna y eficiente los reportes de las novedades que se solicitan”_. Que, por lo anterior, se hace necesario modificar el término de entrada en vigor de la Resolución [1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) del 31 de diciembre de 2020, en lo que corresponde al período de transición y sus efectos, con el fin de que las Administradoras del Sistema de la Protección Social puedan implementarlos desarrollos tecnológicos necesarios para el reporte de la información requerida en la citada Resolución. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modificar el artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165#15) de la Resolución 1127 del 31 de diciembre de 2020, el cual quedará así: _“Artículo 15. Periodo de transición, vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos (5) meses después de su publicación, con el fin de que los obligados al suministro de la información aquí prevista realicen los ajustes a sus sistemas de información, para atender el cumplimiento de los reportes en los términos señalados y deja sin efectos los actos administrativos relacionados con el suministro de información con destino al Registro Único de Aportante (RUA). _ __ _Parágrafo.__Las Administradoras del Sistema de la Protección Social que han venido siendo obligados a la entrega de la información con destino al Registro Único de Aportantes, la continuarán suministrando hasta el corte del mes de junio de 2020, en los términos y condiciones exigidas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución”._ __ Artículo 2°. Las demás consideraciones y artículos que conforman la Resolución [1127](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106165) del 31 de diciembre de 2020, permanecen vigentes y no sufren modificación alguna. Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su publicación. **Dada en Bogotá, D. C., a 14 días del mes de abril del año 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

El Director General,

CICERÓN FERNANDO JIMÉNEZ RODRÍGUEZ

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar