Circular Externa 022 de 2021
Circular Externa 022 de 2021 Ministerio de Salud y Protección Social
- Tipo
- Circular Externa
- Número
- 022
- Año
- 2021
- Fecha
- 17 de marzo de 2021
- Entidad
- Ministerio de Salud y Protección Social
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR EXTERNA 022 DE 20 21
(Marzo 17)
PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS DE LOS REGÍMENES CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES ADAPATADAS, ADMINISTRADO R ES DE L O S REGÍMENES E SPECIAL Y DE EX C EPCIÓN, INSTITUCIONE S PR ESTADORAS DE SE RVICIOS D E SALUD - IPS, SEC RETARÍAS DE SALUD O ENTIDADES QUE HAGAN SUS VECES, PO BLACIÓN MAYOR DE 80 AÑOS, PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE SALUD.
D E: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.
ASUNTO: AGENDAMIENTO PARA VA C UNACIÓN DE LA POBLACIÓN MAYOR DE 80 AÑOS Y PROFESIONALES INDEPENDIENTES DE SALUD DEL PNV, QUE AÚN NO SE HAN INMUNIZADO EN EL MARCO DEL PLAN N ACIONAL DE VA C UNACIÓN CONTRA LA COVID-19. Este Ministerio en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales como órgano rector del Sector Salud y de Protección Social, encargado de la dirección, orientación y conducción del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS en desarrollo de lo establecido en el Decreto [109](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105589) de 2021, instruye a los destinatarios de esta circular sobre alguna medidas para agilizar el agendamiento e inmunización de la población mayor de 80 años y profesionales independientes de salud, previas las siguientes consideraciones: 1. El Gobierno nacional expidió el Decreto [109](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105589) de 2021, a través del cual se adopta el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 y se establece la población objeto, los criterios de priorización, las fases y la ruta para la aplicación de la vacuna, las responsabilidades de cada actor tanto del Sistema General de Seguridad Social en Salud, como de los administradores de los regímenes Especial y de Excepción. 2. El objetivo del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 es reducir la morbilidad grave y la mortalidad específica por esta enfermedad incidencia de casos graves y proteger a la población que tiene alta exposición al virus, reducir el contagio en la población general, y de esta manera controlar la transmisión y contribuir a la inmunidad colectiva en el país. 3. El artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105589#7) del citado Decreto 109 de 2021, dividió el Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 en dos (2) fases y cinco (5) etapas. La primera fase está integrada por tres (3) etapas, siendo lo propio en la Etapa 1, vacunar al personal cuya actividad principal está involucrada con la atención de pacientes que tienen diagnóstico confirmado de COVID-19 y las personas de 80 años y más. Por lo anterior, con el fin de agilizar de forma organizada la finalización de la Etapa 1, se instruye a los destinatarios de la presente circular: 1. Agendamiento de la población mayor de ochenta (80) años que aún no han sido vacunadas. El proceso de agendamiento para los mayores de 80 años que aún no han sido inmunizados por dificultades en el proceso de contactabilidad, actualización de datos o quienes no pudieron cumplir la cita asignada, deberán acercarse a cualquier punto de vacunación de la red de su EPS o al punto de vacunación COVID más cercano a su domicilio o al lugar donde sea más accesible a su cuidador, del 16 al 21 de marzo de 2021, con cedula de ciudadanía y un acompañante mayor de edad, preferiblemente no adulto mayor. Con el propósito de evitar aglomeraciones en estos espacios, se recomienda a las entidades territoriales disponer medidas como _"pico_ _y ce dula", "pico y g_ _énero"_ o cualquier otra que consideren pertinente para facilitar la vacunación de sin exponerlos al riesgo de contagio. En caso de que el mayor de 80 años tenga agendada la aplicación de la vacunación, se debe cumplir con la cita en la fecha y el horario establecido. **2.
A gendamiento de l o s profesionales independientes q ue aú n no han sido vac unado s. Los prestadores de servicios de salud clasificados como profesionales independientes que aún no han sido vacunados, accederán a la vacunación de la siguiente forma: 2.1 El Ministerio de Salud y Protección Social dispondrá a las EPS los listados cargados en la plataforma PISIS, que se encuentren en MI VACUNA, tanto del talento humano en salud, apoyo logístico y administrativo. 2.2 A partir de este listado, las EPS entregaran la información a de su red de prestadores de servicios de salud, quienes procederán a realizar el proceso de agendamiento, una vez se realice la verificación previa de su inclusión en el aplicativo MIVACUNA. 2.3 Los profesionales y el personal de apoyo logístico y administrativo, asistirán a la IPS vacunadora determinada por cercanía a su domicilio o a su lugar de trabajo para la aplicación de la vacuna contra la COVID-19. Finalmente, es necesario señalar que en caso de que se agende a una persona como parte del proceso de vacunación en una IPS que no corresponda a la de su ciudad de residencia, el ciudadano podrá comunicarse o acercarse a una IPS cercana a su residencia para solicitar el agendamiento de vacunación contra la COVID-19, el único requisito será la verificación de la priorización en el aplicativo MIVACUNA, independientemente de su condición de aseguramiento. PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de marzo del año 2021**
FERNANDO RUIZ GOMEZ
Ministro de Salud y Protección So c ial
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