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Resolución 135 de 2021

Resolución 135 de 2021 Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES

Tipo
Resolución
Número
135
Año
2021
Fecha
26 de febrero de 2021
Entidad
Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación - ICFES
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 135 DE 2021

(Febrero 26)

_Por la cual se incluye la modalidad presencial para la presentación del examen Pre Saber Calendario B 2021 contenida en el artículo[1°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103104#1) de la Resolución número 574 de 2020_

La Directora General del Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación, Icfes, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas en la Ley 1324 de 2009, el numeral 9° del artículo 9° del Decreto número 5014 de 2009, el artículo 2.3.3.3.7.2 del Decreto número 1075 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo [2.3.3.3.7.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.3.3.3.7.2) del Decreto número 1075 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, señala que el calendario de aplicación del examen de Estado de Calidad de la Educación Media será determinado por el Icfes. En desarrollo de lo anterior, el Icfes expidió la Resolución [574](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103104) de 2020, mediante la cual fijó el calendario del examen de Estado Saber 11 Calendario B y del examen de ensayo Pre Saber del año 2021.

Que la Resolución número [574](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=37967) de 2020 señaló en sus considerandos que el examen Pre Saber se ofrecería únicamente en modalidad electrónica en casa, en atención a la necesidad de preservar la salud y vida de los examinandos, sus familias y todo el personal logístico de las pruebas. No obstante, restringir el examen Pre Saber exclusivamente a la modalidad electrónica en casa, impediría la presentación del examen a las personas que no cuentan con las herramientas tecnológicas y de conectividad necesarias, razón por la que el Icfes considera pertinente adicionar la modalidad de presentación a presencial en lápiz y papel en sitio de aplicación.

Que la realización de exámenes presenciales es un escenario posible, siempre y cuando se cumplan las normas de bioseguridad y distanciamiento físico, de acuerdo con los parámetros adoptados en las Resoluciones números [666](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92565) de 2020[1] y [1346](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=95747) de 2020[2] del Ministerio de Salud para las pruebas de Estado.

Que el Icfes considera que el examen de ensayo Pre Saber calendario B 2021, se puede presentar también en la modalidad presencial bajo los parámetros de bioseguridad adoptados por el Gobierno nacional, lo cual fue estudiado y aprobado por el Comité Primario de la Dirección General de fecha 9 de febrero de 2021. Por todo lo anterior, se modificará la Resolución [574](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103104) de 2020 para aclarar que la modalidad de presentación será electrónica en casa y, en sitio de aplicación para quienes indicaron no contar con las herramientas tecnológicas y la conectividad. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modifíquese la etapa _“Aplicación Saber 11 B y Validación"_ contenida en el artículo [1º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=103104#1) de la Resolución número 574 de 2020 en el sentido de adicionar el examen Pre Saber presencial, el cual quedará así: “ _(…)_ _(…)_ ”. Artículo 2º. Las otras etapas contenidas en la Resolución número [574](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=92369) de 2020 que no se modifican por el presente acto administrativo continúan vigentes. Artículo 3º. Esta Resolución rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de febrero de 2021.

La Directora General,

MÓNICA OSPINA LONDOÑO.

(C. F.)

NOTAS DE PIE DE PÁGINA:

* * * [1] Por medio de la cual se adopta el protocolo general de bioseguridad para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia Coronavirus COVID-19. [2] Por medio de la cual se adopta el protocolo de bioseguridad para el manejo y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en el proceso de aplicación de las pruebas de Estado Saber y otras pruebas que realiza el Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación-Icfes.

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