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ACTO LEGISLATIVO 02 de 2018

por medio del cual se modifican los artículos 328 y 356 de la Constitución Política de Colombia.

Tipo
ACTO LEGISLATIVO
Número
02
Año
2018
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

OF118-00079385 / JMSC 110200 Bogotá, D. C., 17 de julio de 2018 Doctora ÁNGELA MARÍA LÓPEZ GUTIÉRREZ Gerente General (E) IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA Avenida La Esperanza Calle 22 B N° 67-70 Ciudad Asunto: Acto Legislativo número 02 de 2018 Respetada señora Gerente General: Por precisas instrucciones del señor Presidente de la República, teniendo en cuenta la solicitud del señor Secretario General del Senado de la República, doctor Gregorio Eljach Pacheco y de conformidad con la jurisprudencia pertinente, de manera atenta me permito remitir a usted, para publicación en el Diario Oficial, el texto del Proyecto de Acto Legislativo número 01 de 2017 Senado, 170 de 2017 Cámara, por medio del cual se modifican los artículos 328 y 356 de la Constitución Política de Colombia - Segunda Vuelta. Cordialmente, La Secretaria Jurídica de la Presidencia de la República, Claudia Isabel González Sánchez.

SG-CS-2621-2018 Bogotá, D. C., 3 de julio de 2018 Doctor JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN Presidente de la República Ciudad Señor Presidente: Acompañado de todos sus antecedentes y debidamente autorizado por el doctor Efraín Cepeda Sarabia, Presidente del Senado de la República, de la manera más atenta, me permito enviar, en doble ejemplar, para su sanción ejecutiva, el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 01 de 2017 Senado, 170 de 2017 Cámara, por medio del cual se modifican los art í culos 328 y 356 de la Constitución Política de Colombia. Segunda Vuelta.

El mencionado Proyecto de Acto Legislativo fue considerado y aprobado en segunda vuelta, en sesión de la Comisión Primera del Senado de la República el día 21 de marzo de 2018 y en Sesión Plenaria el día 11 de abril de 2018. En la Cámara de Representantes en Comisión Primera el día 30 de mayo de 2018 y en Sesión Plenaria el día 12 de junio de 2018. Cordialmente, El Secretario General Senado de la República de Colombia, Gregorio Eljach Pacheco.

Anexo: expediente.

DECRETA:

Artículo 1°.

El inciso número 12 del artículo 356 de la Constitución Política quedará así: Las ciudades de Buenaventura y Tumaco se organizan como Distritos Especiales, Industriales, Portuarios, Biodiversos y Ecoturísticos. Su régimen político, fiscal y administrativo será el que determine la Constitución y las leyes especiales, que para el efecto se dicten, y en lo no dispuesto en ellas, las normas vigentes para los municipios.

Afecta la vigencia de: Modifica parcialmente (Inciso número 12 ) Artículo 356 CONSTITUCION POLITICA CP de 1991

Artículo 2°.

El artículo 328 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 328.

El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias, el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta y Barranquilla conservarán su régimen y carácter, y se organiza a Buenaventura y Tumaco como Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico. Afecta la vigencia de: Modifica Artículo 328 CONSTITUCION POLITICA CP de 1991

Artículo 3°.

Este acto legislativo rige a partir de su promulgación.

El Presidente del Honorable Senado de la República, Efraín José Cepeda Sarabia.

El Secretario General del Honorable Senado de la República, Gregorio Eljach Pacheco.

La Presidenta (e) de la Honorable Cámara de Representantes, Lina María Barrera Rueda.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jorge Humberto Mantilla Serrano

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