Jurismart

ACTO LEGISLATIVO 2 de 2024

por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones (Segunda vuelta).

Tipo
ACTO LEGISLATIVO
Número
2
Año
2024
Entidad
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente
Ver el documento original en SUIN (Sistema Único de Información Normativa)

Texto completo

Bogotá, D. C., 8 de noviembre de 2024 Doctora ALBA VIVIANA LEÓN HERRERA Gerente General IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA Ciudad Asunto: Acto Legislativo 02 del 8 de noviembre de 2024.

Apreciada señora gerente general de la Imprenta Nacional de Colombia:

Por precisas instrucciones del señor Presidente de la República, teniendo en cuenta la solicitud del señor Secretario General (e) del Senado de la República, doctor Saúl Cruz Bonilla y de conformidad con las Sentencias C-222 del 29 de abril de 1997[1], C-543 del 1° de octubre de 1998[2], C-1000 del 12 de octubre de 2004[3], proferidas por la honorable Corte Constitucional y la Sentencia del 16 de septiembre de 2014[4] de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del honorable Consejo de Estado, de manera atenta me permito remitir a usted, para publicación en el Diario Oficial, el texto del Proyecto de Acto Legislativo 21 de 2024 Senado - 444 de 2024 Cámara, por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones - segunda vuelta.

De usted, con el debido respeto, La Secretaria Jurídica, Paula Robledo Silva, Presidencia de la República, C. C 52387851, Tarjeta profesional número 107.045 del Consejo Superior de la Judicatura.

Anexo: Acto Legislativo 02 del 8 de noviembre de 2024, en un (1) folio y un (1) folio vuelto.

Copia simple del oficio remisorio SLE-CS-966-2024 del 6 de noviembre de 2024 dirigido al señor presidente de la República por el Secretario General (e) del Senado de la República, en un (1) folio y recibido en la Secretaría Jurídica el 7 de noviembre de 2024.

ACTO LEGISLATIVO NÚMERO 02 DE 2024 (noviembre 8) por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones.

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º.

Modifíquese el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, el cual quedará así:

Artículo 217.

La Nación tendrá para su defensa unas Fuerzas Militares permanentes constituidas por el Ejército, la Armada y la Fuerza Aeroespacial.

Afecta la vigencia de: Modifica (El inciso 1° ) Artículo 217 CONSTITUCION POLITICA CP de 1991

Artículo 2º.

Tras la promulgación del presente Acto Legislativo, la normatividad en la que se hace referencia a la expresión “Fuerza Aérea” será entendida para todos los efectos como “Fuerza Aeroespacial”.

Artículo 3°.

Vigencia. El presente Acto Legislativo rige a partir de su promulgación.

El Presidente del Honorable Senado de la República, Efraín José Cepeda Sarabia.

El Secretario General (e) del Honorable Senado de la República, Saúl Cruz Bonilla.

El Presidente de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Raúl Salamanca Torres.

El Secretario General de la Honorable Cámara de Representantes, Jaime Luis Lacouture Peñaloza.

SLE-CS-966-2024 Bogotá, D. C., 6 de noviembre de 2024 Doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Presidente de la República Ciudad Señor Presidente:

Acompañado de todos sus antecedentes y debidamente autorizado por el Doctor Efraín Cepeda Sarabia, Presidente del Senado de la República, de manera más atenta y de conformidad con el artículo 375 de la Constitución Política, me permito enviar en doble ejemplar, el expediente del Proyecto de Acto Legislativo número 21 de 2024 Senado - 444 de 2024 Cámara, por el cual se modifica el inciso 1° del artículo 217 de la Constitución Política de Colombia, se cambia el nombre de la Fuerza Aérea por Fuerza Aeroespacial y se dictan otras disposiciones
- Segunda Vuelta.

El mencionado Proyecto de Acto Legislativo fue considerado y aprobado en Primera Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 23 de abril de 2024 y en Sesión Plenaria el 14 de mayo de 2024. En la Cámara de Representantes en Primera Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 05 de junio de 2024 y en sesión Plenaria el 17 de junio de 2024.

En segunda vuelta, en sesión de la Comisión Primera el 3 de septiembre de 2024 y en Sesión Plenaria el 25 de septiembre de 2024. En la Cámara de Representantes en Segunda Vuelta en sesión de la Comisión Primera el 17 de octubre de 2024 y en sesión Plenaria el 29 de octubre de 2024.

Cordialmente, El Secretario General (e), Saúl Cruz Bonilla.

[1] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-222 del 29 de abril de 1997, Magistrado Ponente José Gregario Hernández Galindo, Expediente: 0-1465. [2] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-543 del 1° de octubre de 1998, Magistrado Ponente Carlos Gaviria Díaz, Expedientes: D-1942, D-1948 y D-1957 (acumulados). [3] Colombia, Corte Constitucional, Sala Plena, Sentencia C-1000 del 12 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Manuel José Cepeda Espinosa, Expediente: D-5143. [4] Colombia, Consejo de Estado, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, Sentencia del 16 de septiembre de 2014, Consejera Ponente María Claudia Rojas Lasso, radicación: 110010324000201200220 00.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar