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Resolución 094 de 2021

Resolución 094 de 2021 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Tipo
Resolución
Número
094
Año
2021
Fecha
10 de febrero de 2021
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 094 DE 2021

(Febrero 10)

_Por la cual se delega al Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Contratación la competencia de aprobar las pólizas constituidas para amparar los contratos o convenios que suscriba la Secretaría_ __ EL SECRETARIO DE DESPACHO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto Distrital No. 340 de 2020, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020 se modificó la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que mediante Decreto [341](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104059) de 2020 se modificó la Planta de Empleos de la Secretaría ajustándola acorde con la Estructura Organizacional señalada en el Decreto [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) establece: “ _Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. (...)”._ Que conforme el artículo [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25678#7) de la Ley 1150 de 2007 es deber de los contratistas constituir garantías para amparar el cumplimento de las obligaciones surgidas del contrato.

Que el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#41) de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo [23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25678#23) de la Ley 1150 de 2007 establece como requisitos de ejecución de los contratos la aprobación de la garantía constituida.

Que mediante el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=69640#10) de Resolución No. 064 de 2017 la competencia de aprobar las pólizas de los contratos se encuentra delegada en el Jefe de la Oficina Asesora de Jurídica.

Que el artículo [23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#23)º del Decreto 340 de 2020, otorga la función de dirigir la gestión contractual de la entidad a la Dirección de Gestión Corporativa.

Que la Resolución No. 66 de 2021 actualiza la ubicación de los Grupos Internos de Trabajo de la Secretaría incorporando al Grupo Interno de Trabajo de Contratación en la Dirección de Gestión Corporativa.
Que conforme a la normatividad expuesta, se hace necesario aprobar las pólizas que sean constituidas para amparar los contratos y convenios celebrados por la Secretaría. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1.

Delegar en el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Contratación, la competencia de aprobar las pólizas otorgadas para amparar los contratos o convenios celebrados por la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Artículo 2.

Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido del presente acto administrativo a todos los Directivos de la Entidad.

Artículo 3.

Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en el Régimen Legal de Bogotá y en la Gaceta Distrital.

Artículo 4.

Ordenar a la Oficina Asesora de Comunicaciones, publicar la presente resolución en la página web de la entidad.

Artículo 5.

La presente Resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=107125) y deroga el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68323#10) de la Resolución No. 064 de 2017. **COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de febrero del año 2021.

NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ

Secretario de Despacho

Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte

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