Circular 004 de 2021
Circular 004 de 2021 Secretaría Jurídica Distrital
- Tipo
- Circular
- Número
- 004
- Año
- 2021
- Fecha
- 29 de enero de 2021
- Entidad
- Secretaría Jurídica Distrital
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Memorando
CIRCULAR 004 DE 2021
(Enero 29) Para: SERVIDORES DE LA SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL. De: SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL. Asunto: MEDIDAS TRANSITORIAS Y EXCEPCIONALES EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA DECRETO 032 DEL 28 DE ENERO 2021 _“Por medio del cual se adoptan medidas para conservar la seguridad, preservar el orden público, y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19).”_ En consideración a la situación epidemiológica existente en la ciudad de Bogotá D.C., mediante el Decreto Distrital [032](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105425) del 28 de enero de 2021 “ _Por medio del cual se adoptan medidas para conservar la seguridad, preservar el orden público, y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-I9)_ ”, se ordenó, restringir la movilidad nocturna de personas y vehículos por vías y lugares públicos en la ciudad de Bogotá en el horario comprendido entre las 10:00 p.m. y las 4:00 a.m. desde el 29 de enero de 2021 y hasta tanto subsista la declaratoria de Alerta Roja, y así mismo, se declararon nueve zonas de cuidado especial de acuerdo a las UPZ con mayores índices de contagios en la ciudad, siendo estas: Los Cedros, Castilla, Timiza, Fontibón, Garcés Navas, Boyacá Real, Tibabuyes, Suba y El Rincón, en las cuales se limitó totalmente la libre circulación de vehículos y personas entre las 00:00 horas del 30 de enero de 2021 hasta las 11:59 p.m. del 12 de febrero de 2021. Las determinaciones adoptadas en el Decreto Distrital [032](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105425) del 28 de enero de 2021, con relación a la aplicación, modificación o supresión de medidas en salud pública y social están fundamentadas en estudios de riesgos específicos, observando en Bogotá D.C., el 26 de enero de 2021 el siguiente panorama: _“Que al 26 de enero, la ciudad cuenta con 598.993 casos acumulados por COVID-19. Del total de casos acumulados, se identifican a la fecha 46.858 casos activos, lo que implica que por cada 100.000 habitantes hay 605 casos de COVID-19. Los casos activos se distribuyen en 19 de 20 localidades de la ciudad, en la localidad de Sumapaz no se reportan casos activos a la fecha. El comportamiento de los casos activos en la ciudad es incremental, representa ci 7,8 % del total de los casos, de éstos el 54,4% se concentra en 8 localidades Suba (5.680), Kennedy (4.471), Engativá (4.276), Usaquén (2.844), Bosa (2.33 7), Ciudad Bolívar (2.028), San Cristóbal (1.968) y Fontibón (1.897).”_ __ El secretario jurídico distrital, alineado con las disposiciones de la Administración Distrital, profirió las Circulares No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104567) del 06 de enero de 2021, No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104915) del 08 de enero de 2021 y No. [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=106765) del 15 de enero de 2021, adoptando medidas transitorias y excepcionales con ocasión de lo dispuesto en el Decreto 007 de 2021, en el Decreto 010 de 2021, y en el Decreto 018 de 2021, estableciendo que los servidores de esta Secretaría, debían cumplir con las medidas señaladas en las disposiciones normativas en aras de preservar la vida y la salud. Por lo anterior, los servidores de la Secretaría Jurídica Distrital deberán cumplir las medidas señaladas en el Decreto Distrital [032](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105425) de 2021 en aras de preservar la vida y la salud. Siguiendo esta línea, se indica que los servidores residentes en las mencionadas UPZ, cuya presencia física no sea indispensable para garantizar el adecuado funcionamiento de la entidad y la prestación del servicio, deberán realizar trabajo en casa, durante la jornada laboral habitual[1], en los términos establecidos en el precitado Decreto Distrital [032](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105425) de 2021.
WILLIAM LIBARDO MENDIETA MONTEALEGRE Secretario Jurídico Distrital Proyectó: Germán Eduardo Pinzón Cruz, Profesional Especializado, Dirección de Gestión Corporativa. Revisó: María Paula Torres Marulanda, Asesora del Despacho de la Secretaría Jurídica Distrital. Aprobó: Magda Mercedes Arévalo Rojas, Directora de Gestión Corporativa.
* * * [1] DECRETO 842 DE 2018 _“Por medio del cual se establece el horario de trabajo de los/las servidores/as públicos/as del sector central de la Administración Distrital y se dictan lineamientos sobre la flexibilización del horario para servidores/as en circunstancias especiales y se dictan otras disposiciones”._
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