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Circular 001 de 2021

Circular 001 de 2021 Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección Jurídica

Tipo
Circular
Número
001
Año
2021
Fecha
5 de enero de 2021
Entidad
Secretaría Distrital de Gobierno - Dirección Jurídica
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 001 DE 2021

(Enero 05)

PARA: ALCALDÍAS LOCALES, SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD, S ECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD, SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE, SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE, SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN LOCAL, INSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO, UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS DE BOGOTÁ, POLICÍA METROPOLITANA DE BOGOTÁ, ORGANIZADORES, PRODUCTORES Y EMPRESARIOS DE ACTIVIDADES DE AGLOMERACIÓN DE PÚBLICO.

DE: DIRECCIÓN JURÍDICA DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO - SISTEMA ÚNICO DE GESTIÓN PARA EL RIESGO, EVALUACIÓN Y AUTORIZACIÓN DE ACTIVIDADES DE AGLOMERACIÓN DE PÚBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL - SUGA

ASUNTO: APLICACIÓN DECRETO[007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104145)DE 2021 EN EVENTOS DE AGLOMERACIÓN EN LAS LOCALIDADES DE USAQUÉN, SUBA Y ENGATIVÁ Con el propósito de precisar algunos aspectos relacionados con la realización de eventos con aglomeración de personas en las localidades de Usaquén, Suba y Engativá de Bogotá D.C., durante el periodo de cuarentena estricta declarado mediante Decreto Distrital [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104145) de 2021 _“Por el cual se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en las localidades de Usaquén, Engativá y Suba y se toman otras determinaciones”_, entre el 05 y el 18 de enero de 2021, la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno, mediante la presente circular recuerda: Los artículos [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104145#1) y [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104145#2) del Decreto 007 de 2021 _“Por el cual se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público y mitigar el impacto causado por la pandemia de Coronavirus SARS-Cov-2 (COVID-19) en las localidades de Usaquén, Engativá y Suba y se toman otras determinaciones_ ” establecen limitar la libre circulación de vehículos y personas a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 05 de enero de 2021 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 18 de enero de 2021, en las localidades de Usaquén, Engativá y Suba, permitiendo la circulación frente a actividades específicamente señaladas, dentro de las cuales no se encuentran las relacionadas con las autorizadas o tramitadas a través del sistema SUGA. Las resoluciones de autorización que se han expedido por la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno para la realización de eventos con aglomeración de personas están supeditadas a las medidas nacionales o distritales que puedan surgir conforme a la evolución de la situación generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19. En consecuencia, se precisa: 1. Suspensión de la realización de actividades de aglomeraciones de público de cualquier complejidad durante el periodo de restricción de la libre circulación de vehículos y personas en las localidades de Usaquén, Engativá y Suba. Con el objetivo de dar cumplimiento a las medidas para preservar el orden público y mitigar el impacto ocasionado por el Coronavirus SARS-CoV-2 (COVID-19) en las localidades de Usaquén, Engativá y Suba se encuentran suspendidos los permisos otorgados mediante actos administrativos por la Dirección Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno para la realización de actividades con aglomeración de público de cualquier complejidad, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del 05 de enero de 2021 hasta las cero horas (00:00 a.m.) del 18 de enero de 2021, en concordancia con los artículos 1 y 2 del Decreto 007 de 2021. Lo anterior, en razón a que la realización de este tipo de actividades no se encuentra incluida dentro de las permitidas o en las excepciones de servicios y labores establecidas en el mencionado decreto. 2. Trámites en curso o próximas solicitudes a ser radicadas. Para los trámites en curso de solicitudes para la realización de eventos o que se radicaren en los próximos días, todos los actores del sistema SUGA deberán tener en cuenta esta restricción en las tres localidades mencionadas y el tiempo de vigencia que establece el Decreto [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104145) de 2021, sin perjuicio del cumplimiento de otras disposiciones vigentes o que se expidan con ocasión o a causa de la pandemia. Agradezco su atención. GERMÁN ALEXANDER ARANGUREN AMAYA

Director Jurídico – Secretaría de Gobierno

Revisó: Carlos Espitia

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