Decreto Local 003 de 2022
Decreto Local 003 de 2022 Alcaldía Local de La Candelaria
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 003
- Año
- 2022
- Fecha
- 19 de abril de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de La Candelaria
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 003 DE 2022
(Abril 19)
_Por medio del cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con el Acuerdo Local No. 036 del 05 de abril de 2022_
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 31 numeral 2 literal c del Decreto 372 de 2010 _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L.”,_ dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: _“Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre.de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL, mediante Acuerdo de la JAL, conforme a la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”._ Que, a 31 de diciembre de 2021, el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 267,549.965. Que, según el artículo 37 del Decreto 372 de 2010, se establece que el CONFIS determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los Fondos de Desarrollo Local- FDL. Que, según el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, el excedente financiero de los FDL, se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia por parte del CONFIS. Que, en la Circular CONFIS No. 002, comunica que, en su sesión No.02, celebrada el 23 de febrero de 2022, el CONFIS determinó un monto total de $67.779.728.450 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2021 a los Fondos de Desarrollo Local, asignando la suma de $ 60,930.049.640, para malla vial, parques y espacio público; $5.000.000.000, para el cuidado del espacio público; $1.509.678.810, para el programa parceros, y $340.000.000, para otras iniciativas locales. Que, en la misma Circular CONFIS No.002, al Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, se le asignó una partida de $1.341.345.200, distribuidos así: $ 1.211.345.200, para malla vial, parques y espacio público, $30.000.000, para el cuidado del espacio público y $100.000.000, para el alumbrado navideño. Que, mediante radicado No. 2-2022-24972 del 17 de marzo de 2022, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre la modificación a la inversión. - Adición de excedentes financieros. Qua, la Alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local, el proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de La Candelaria, remitió el Acuerdo Local No. 036 de 2022, debidamente aprobado mediante radicado 20226710015012. Que, la Alcaldesa Local de La Candelaria sancionó el Acuerdo Local No.036 de 2022, el día 7 de abril de 2022. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto
DECRETA:
Artículo 1°: Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE. ($1.341.345.200), conforme al siguiente detalle: Artículo 2°: Efectúese una adición al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE. ($1.341.345.200), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO 3°: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=149837).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de abril del año 2022.
ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO
Alcaldesa Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos.
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