Jurismart

Decreto Local 003 de 2022

Decreto Local 003 de 2022 Alcaldía Local de La Candelaria

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2022
Fecha
19 de abril de 2022
Entidad
Alcaldía Local de La Candelaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2022

(Abril 19)

_Por medio del cual se liquida la adición al presupuesto de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, de conformidad con el Acuerdo Local No. 036 del 05 de abril de 2022_

LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, según el artículo 31 numeral 2 literal c del Decreto 372 de 2010 _“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -F.D.L.”,_ dispone frente a la adición por Excedentes Financieros: _“Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las obligaciones por pagar constituidas al cierre.de la vigencia inmediatamente anterior, deberá éste ser adicionado por cada FDL, mediante Acuerdo de la JAL, conforme a la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”._ Que, a 31 de diciembre de 2021, el Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 267,549.965. Que, según el artículo 37 del Decreto 372 de 2010, se establece que el CONFIS determinará la cuantía de los excedentes financieros que entrarán a hacer parte de los recursos de capital del presupuesto Distrital, con destinación a los Fondos de Desarrollo Local- FDL. Que, según el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, el excedente financiero de los FDL, se distribuirá entre las localidades con criterio de eficiencia por parte del CONFIS. Que, en la Circular CONFIS No. 002, comunica que, en su sesión No.02, celebrada el 23 de febrero de 2022, el CONFIS determinó un monto total de $67.779.728.450 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2021 a los Fondos de Desarrollo Local, asignando la suma de $ 60,930.049.640, para malla vial, parques y espacio público; $5.000.000.000, para el cuidado del espacio público; $1.509.678.810, para el programa parceros, y $340.000.000, para otras iniciativas locales. Que, en la misma Circular CONFIS No.002, al Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, se le asignó una partida de $1.341.345.200, distribuidos así: $ 1.211.345.200, para malla vial, parques y espacio público, $30.000.000, para el cuidado del espacio público y $100.000.000, para el alumbrado navideño. Que, mediante radicado No. 2-2022-24972 del 17 de marzo de 2022, la Secretaria Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre la modificación a la inversión. - Adición de excedentes financieros. Qua, la Alcaldesa Local presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local, el proyecto de Acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos. Que, es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente o no previstas para un objeto de gasto. Que, la Junta Administradora Local de La Candelaria, remitió el Acuerdo Local No. 036 de 2022, debidamente aprobado mediante radicado 20226710015012. Que, la Alcaldesa Local de La Candelaria sancionó el Acuerdo Local No.036 de 2022, el día 7 de abril de 2022. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto

DECRETA:

Artículo 1°: Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE. ($1.341.345.200), conforme al siguiente detalle: Artículo 2°: Efectúese una adición al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por valor de MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS PESOS MCTE. ($1.341.345.200), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO 3°: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=149837).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de abril del año 2022.

ÁNGELA MARÍA QUIROGA CASTRO

Alcaldesa Local de La Candelaria

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar