Decreto Local 010 de 2022
Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de La Candelaria
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 010
- Año
- 2022
- Fecha
- 18 de octubre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de La Candelaria
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 010 DE 2022
(Octubre 18)
_Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal 2022_
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1) del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mismos agregados. Que, de acuerdo con el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10)° del Decreto 192 de 02 de junio de 2021, se establece: “ _Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”._ Que, mediante actas No. 5,6 y 7 de 2022, se liberan los saldos de obligaciones por pagar de gastos de inversión, a trasladar en el aplicativo financiero Bog-data, realizado y certificado por la responsable de presupuesto del Fondo de Desarrollo Local, quedando recursos disponibles susceptibles de trasladar para atender necesidades del Plan de Desarrollo Local vigente: “ _UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI” - UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA CANDELARIA._ Que, se identificó la necesidad de cubrir las erogaciones por concepto de Gastos de Inversión que demanda la gestión institucional, en particular, los rubros presupuestales: i) 023011605570000002021- La Candelaria gobierno abierto y transparente: fortalecimiento institucional.
Que mediante radicado No. 2-2022-142579 de 03 de octubre de 2022, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria. Que, mediante radicado No., 2022EE47960501 de 14 de octubre de 2022, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria. Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO. Efectúese un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de ciento sesenta y un millones doscientos setenta y dos mil novecientos cincuenta pesos ($161.272.950), según el siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO. Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de ciento sesenta y un millones doscientos setenta y dos mil novecientos cincuenta pesos ($161.272.950), según el siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151897). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de octubre del año 2022.
ÁNGELA MARIA QUIROGA CASTRO
Alcaldesa Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto Local 008 de 2025
DECRETO LOCAL 008 DE 2025 (Septiembre) Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Ru…
-
Decreto Local 008 de 2020
Por el cual se Conforma y reconoce a los miembros elegidos del Consejo de Planeación Local de Usaquén 2020-2023 EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN, (E) En uso de sus …
-
Decreto Local 005 de 2014
DECRETO LOCAL 005 DE 2014 Por el cual se convoca a los integrantes de la Junta Zonal de Seguridad y Convivencia de la Localidad de Antonio Nariño, de la anteri…
-
Decreto Local 004 de 2007
DECRETO LOCAL 004 DE 2007 "Por medio del cual se conforma la Comisión Ambiental Local, de acuerdo al decreto 697 de 1993, LA ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES En …
-
Decreto Local 013 de 2004
DECRETO LOCAL 013 DE 2004 Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 006 de 2004, mediante el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapine…