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Resolución 379 de 2022

Resolución 379 de 2022 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC

Tipo
Resolución
Número
379
Año
2022
Fecha
26 de diciembre de 2022
Entidad
Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 379 DE 2022

(Septiembre 29)

_Por medio de la cual se adopta el Esquema de Publicación de Información del IDPAC_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL -IDPAC-

En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los literales a), b) y e) del artículo 56 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 proferido por el Concejo de Bogotá, la Constitución Política, la Ley 1712 de 2014 y demás normas concordantes y,

CONSIDERANDO:

Que, el inciso primero del artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#20) de la Constitución Política de Colombia garantiza a todas las personas el derecho a recibir información veraz e imparcial. Que, la Constitución Política de Colombia en su artículo [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#74) establece que _“todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la Ley. El secreto profesional es inviolable”._ Que, la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882) de 2014 _“Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”,_ tiene por objeto _“regular el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de la información”._ Que, el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#12) de la precitada Ley expresa que _“todo sujeto obligado deberá adoptar y difundir de manera amplia su esquema de publicación, dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley. El esquema será difundido a través de su sitio Web, y en su defecto, en los medios de divulgación existentes en su dependencia, incluyendo boletines, gacetas y carteleras”._ Que, el artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60556#41) del Decreto 103 del 2015, compilado en el Decreto [1081](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62516) de 2015, define el Esquema de Publicación de Información como _“el instrumento del que disponen los sujetos obligados para informar, de forma ordenada, a la ciudadanía, interesados y usuarios, sobre la información publicada y que publicará, conforme al principio de divulgación proactiva de la información previsto en el artículo 3° de la Ley 1712 de 2014, y sobre los medios a través de los cuales se puede acceder a la misma”._ Que, el artículo 5 de la Resolución 123 de 2018 del IDPAC, define como una de las funciones del Comité Institucional de Gestión y Desempeño - CIGD _“Asegurar la implementación y desarrollo de las políticas de gestión y directrices en materia de seguridad digital y de la información”,_ por lo anterior en la sesión del CIGD N° 7 del 28 de julio de 2022 se aprueba el esquema de publicación.

Que, el esquema de publicación hace parte integral de la Política de Seguridad de la Información del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, código IDPAC-GTI-OT-04 Versión 02. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Objeto. Adoptar el Esquema de Publicación de Información del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC, anexo al presente acto administrativo, que contiene entre otros los siguientes ítems: categoría, subcategoría, descripción, periodicidad o frecuencia de actualización, lugar de consulta y, responsable. Este se constituye como el instrumento de la Entidad para comunicar de manera ordenada a la ciudadanía, interesados y usuarios sobre la información publicada del Instituto conforme con el principio de divulgación proactiva de la información y sobre los medios a través de los cuales se puede acceder a la misma, en cumplimiento de lo ordenado por la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882) de 2014 y el Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015. Artículo 2. Responsabilidades. Cada dependencia del IDPAC deberá cumplir los siguientes lineamientos de publicación de la información y velar por su estricto cumplimiento conforme con lo establecido en lo pertinente en la Ley [1712](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882) de 2014, el Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia [1081](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62516) de 2015, la Resolución [2564](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70976) de 2015 o las normas que las modifiquen o deroguen: a) Producir la información que se va a disponer en la sección _“Transparencia y Acceso a la Información Pública”_ del portal web de la entidad, así como solicitar su publicación a la Oficina Asesora de Comunicaciones. b) Efectuar el seguimiento, monitoreo y control sobre la calidad de la información publicada y disponible en el portal web y en las secciones _“Transparencia y Acceso a la Información Pública”_, _“Participa”_ y _“Atención y Servicios a la Ciudadanía”_. c) Remitir oportunamente los documentos a la Oficina Asesora de Comunicaciones, para que se pueda cumplir con las fechas de publicación de la información y la frecuencia de actualización. d) Mantener organizados los registros, documentos, archivo y evidencia de la gestión efectuada para la publicación de la Información. e) Seguir los lineamientos de publicación emitidos por la Oficina Asesora de Comunicaciones.

Parágrafo 1. La Oficina Asesora de Planeación, autorizará la creación de secciones por requerimiento de las dependencias productoras de información y realizará el trámite pertinente con la Oficina Asesora de Comunicaciones y la Secretaría General – Gestión de Tecnologías.

Parágrafo 2. La Oficina Asesora de Comunicaciones será la encargada de recibir las solicitudes de publicación en el portal web de la entidad y en caso de que cumpla con los lineamientos respectivos, procederá a publicar en la página web de la entidad. Asimismo, será responsable de custodiar la información enviada por cada dependencia productora. Artículo 3. Estándares de publicación de Información. Cada dependencia deberá solicitar la publicación de la información a la Oficina Asesora de Comunicaciones, de acuerdo con los ítems que le han sido asignados según su competencia, con la periodicidad establecida en el Esquema de Publicación de Información y en el formato establecido para tal fin. Los documentos publicados en la sección _“Transparencia y Acceso a la Información Pública”_ del portal web de la entidad estarán en formatos procesables y accesibles (XLS o XLSX, DOC DOCX y PDF) para la ciudadanía y los solicitantes en general. Artículo 4. Contenido del esquema de publicación. De conformidad con lo establecido en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=56882#12) de la Ley 1712 de 2014 el Esquema de publicación contendrá como mínimo, los siguientes elementos: a) Las clases de información a publicar, que en todo caso deberá comprender la información mínima obligatoria; b) Publicación de la Información: La información publicada en la página web deberá cumplir con los lineamientos establecidos en los anexos de la Resolución 1519 del 2020. c) Los cuadros de clasificación documental que faciliten la consulta de los documentos públicos que se conservan en los archivos del respectivo sujeto obligado, de acuerdo con la reglamentación establecida por el Archivo General de la Nación. d) La periodicidad de la divulgación. Artículo 5. Procedimiento Participativo. El Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal dará cumplimiento al artículo [43](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60556#43) del Decreto 103 de 2015 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley [1712](http://10.80.50.193:8080/normas/Norma1.jsp?i=56882) de 2014 y se dictan otras disposiciones, para implementar un procedimiento participativo para la actualización del Esquema de Publicación.

Artículo 6.

Revisión y Actualización. El Esquema de Publicación será revisado y actualizado cada vez que el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, lo encuentre pertinente y las circunstancias lo exijan, de conformidad con lo dispuesto por la Ley [1712](http://10.80.50.193:8080/normas/Norma1.jsp?i=56882) de 2014. Artículo 7. Dependencia responsable de la Política de Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción. La Oficina Asesora de Comunicaciones como responsable de la Política de Transparencia, acceso a la información pública y lucha contra la corrupción del Modelo Integrado de Planeación y Gestión será responsable de la actualización del Esquema de Publicación en coordinación con las demás dependencias de la entidad, para lo cual se seguirán los procedimientos y orientaciones definidas al respecto. Artículo 8. Vigencia. La presente Resolución rige partir de la fecha de publicación. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 29 días del mes de septiembre del año 2022. ALEXANDER REINA OTERO

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Director General Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC

NOTA: Ver norma original en anexos

Proyectó: Karen Lorena Cañizales – contratista Oficina Asesora de Planeación Silvia Milena Patiño León – contratista Oficina Asesora de Planeación Revisó: Ana Silvia Olano Aponte – jefe Oficina Asesora de Planeación Omaira Morales Arboleda – jefe Oficina Asesora de Comunicaciones Paula Lorena Castañeda Vásquez – jefe Oficina Jurídica Zaira Roa Rodríguez – contratista Dirección General Aprobó: Alexander Reina Otero – Director General

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