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Decreto Local 009 de 2022

Decreto Local 009 de 2022 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2022
Fecha
13 de septiembre de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2022

(Septiembre 13)

#

_Por el cual se modifica el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2022._

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 del 30 de agosto de 2010, "_Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L." en su artículo[31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), establece las Modificaciones Presupuestales e indica que "Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por e/ alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto"._ Que, el Decreto No. [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) de 2021 del 02 de junio de 2021, "Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones" en su artículo 10, establece las Modificaciones al anexo del decreto de liquidación e indica que "_Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto_ ___anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D. C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, de/ concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo_ _.Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda_ ___Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)."_ Que, mediante Decreto Local No. 24 de diciembre de 2021 "_Por el cual se liquida el Presupuesto de Anual de Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022'_, fijó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2022. Que, si los montos proyectados para los proyectos de inversión directa son menores a los programados en la vigencia 2022, el Fondo de Desarrollo Local debe tramitar un traslado presupuestal para cubrir los proyectos de inversión con recurso faltante, observando el proceso señalado en el manual operativo presupuestal de los FDL, para tal fin. Para efectos de garantizar que la Alcaldía Local de Antonio Nariño cuente con los recursos suficientes para el cumplimiento de los objetivos y las metas asociadas al Plan de Desarrollo Local, se verificaron las apropiaciones de Gastos de Inversión Directa, encontrando que, una vez surtidas las actividades de planeación para la adquisición de bienes y servicios relacionados con las metas establecidas para la vigencia 2022, se identificó:

Que para el proyecto 2201 "_Acciones de fomento y promoción de actividades artísticos, interculturales, culturales y/o patrimoniales" en su meta de Intervenir 1 sedes culturales con dotación y/o adecuación se adelanta_ el proceso de contratación bajo el nombre FDLAN-MC-001-2022 con un total presupuestal de $28.000.000 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

Que para el proyecto 2199 "_Acciones de fomento a la juventud_ " en su meta de dotar una (1) sedes de casas de juventud, con elementos y material pedagógico, elementos para el desarrollo artístico, elementos para el desarrollo de oficios y elementos para el desarrollo deportivo, se adelanta el proceso de contratación de una selección abreviada por subasta inversa con un total presupuestal de $91.362.737 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

Que para el proyecto 1864 "Acciones para la primera infancia" en su meta de Implementar 1 Proyectos para el desarrollo integral de la primera infancia y la relación escuela, familia y comunidad, se adelanta el proceso de contratación bajo el nombre FDLAN-MC-001-2022 con un total presupuestal de $241272.844 que logran el cumplimiento de la meta para la vigencia, presentando así, un saldo disponible para contra acreditar toda vez que, el análisis realizado del comportamiento histórico, y las perspectivas en los cambios para la estimación del valor del contrato asociado en el estudio de mercado, realizado para la estimación del presupuesto de la actividad que permite dar cumplimiento a la meta mencionada para cada proyecto, arrojó un presupuesto inferior al valor proyectado en el Plan Obligatorio de Inversiones Anual tal y como se presenta en el Certificado de Apropiación disponible.

Que el rubro 023061605570000002198 "Acciones de fomento institucional" cuenta con una apropiación disponible de $7.883.300 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520002913, 20226520003183, 20226500000153 y 20226520003213.

Que el rubro 023061601010000001851 "Acciones de atención para la población vulnerable" cuenta con una apropiación disponible de $4.733.400 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003243.

Que el rubro 023061603400000002197 "Acciones para el desarrollo de capacidades y el fomento de los derechos de las mujeres" cuenta con una apropiación disponible de $4.500.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003403.

Que el rubro 023061601060000002193 "Acciones para las personas cuidadoras" cuenta con una apropiación disponible de $ 436.200 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003223.

Que el rubro 023061605570000002189 "Acciones de inspección, vigilancia y control" cuenta con una apropiación disponible de $201.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo el acta de liquidación: 20226520003233.

Que el rubro 023061601210000002201 "Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales, culturales y/o patrimoniales" cuenta con una apropiación disponible de $1.599.400 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003413 y 20226520003193.

Que el rubro 023061605550000002190 "Acciones de fomento y fortalecimiento de procesos participativos" cuenta con una apropiación disponible de $3.081.000 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20226520003403 y 20226520003423.
Que el rubro 0230690 "Obligaciones por pagar vigencias anteriores" cuenta con una apropiación disponible de $177.893.307 toda vez que se liquidaron las obligaciones contractuales comprometidas bajo este rubro bajo las actas de liquidación: 20220006511533, 202265000002523, 20226520002983, 20226520003493, 20226500000183, 20226500000283 y 20226520001773. Que, en consideración a lo expuesto, la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE $ 269.204.870. Que, teniendo en cuenta la situación presupuestal actual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, se hace preciso adelantar un traslado presupuestal con el propósito de cubrir la necesidad de las erogaciones por concepto de Gastos de Inversión que demandan los proyectos de inversión, en particular, en los rubros de 023011605570000002198 "Acciones para el fortalecimiento institucional", 023011605570000002189 "Acciones de inspección, vigilancia y control".

Que mediante oficio No. 2-2022- 114958 del 22 de agosto de 2022 y el alcance No. 2-2022124507, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

Que mediante oficio No. 2022EE40954001 del 13 de septiembre de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado del agregado de Inversión de la vigencia 2022, por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SETENTA PESOS M/CTE $ 269.204.870. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. — Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle: | | CONCEPTO | CONTRA CRÉDITO ---|---|--- 02 | GASTOS | $269.204.870 023 | INVERSIÓN | $269.204.870 02301 | DIRECTA | $68.877.263 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la localidad de Antonio Nariño | $68.877.263 023011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y olítica | $68.877.263 02301160112 | Educación inicial: Bases sólidas ara la vida | $46.ooo.ooo 023011601120000001864 | Acciones para la primera infancia | $46.ooo.ooo 02301160117 | Jóvenes con capacidades: Proyecto de vida para la ciudadanía, la innovación y el trabajo del siglo XXI | $6.497.263 023011601170000002199 | Acciones de fomento a la juventud | $6.497.263 02301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $16.380.ooo 023011601210000002201 | Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales culturales /o patrimoniales. | $16.380.ooo 02306 | Obligaciones por pagar inversión | $200.327.607 0230616 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $22.434.300 023061601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $6.769.ooo 02306160101 | Subsidios y transferencias para la e cuidad | $4.733.400 023061601010000001851 | Acciones de atención para población vulnerable | $4.733.400 02306160106 | Sistema Distrital del Cuidado | $436.200 023061601060000002193 | Acciones para las personas cuidadoras | $436.200 02306160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $1.599.400 023061601210000002201 | Acciones de fomento y promoción de actividades artísticas, interculturales, culturales lo patrimoniales. | $1.599.400 023061603 | Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | $4.500.ooo 02306160340 | Más mujeres viven una vida libre de violencias, se sienten seguras y acceden con confianza al sistema de • justicia | $4.500.ooo 023061603400000002197 | Acciones para el desarrollo de capacidades y el fomento de los derechos de las mujeres | $4.500.ooo 023061605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $3.081.ooo 02306160555 | Fortalecimiento de Cultura Ciudadana su institucionalidad | $3.081.ooo 023061605550000002190 | Acciones de fomento y fortalecimiento de procesos participativos | $3.081.ooo 02306160557 | Gestión pública local | $8.084.300 023061605570000002189 | Acciones de inspección, vigilancia y control | $201.ooo 023061605570000002198 | Acciones de fomento institucional | $7.883.300 0230690 | Obligaciones por pagar vigencias anteriores | $177.893.307 TOTAL, CONTRA CRÉDITOS | $ 269.204.870 | | | Artículo 2. — Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño conforme al siguiente detalle:

| CONCEPTO | CRÉDITO ---|---|--- 02 | GASTOS | $ 269.204.870 023 | INVERSIÓN | $ 269.204.870 02301 | DIRECTA | $ 269.204.870 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la localidad de Antonio Nariño | $ 269.204.870 023011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente política | $ 269.204.870 0230116010557 | Gestión pública local | $ 269.204.870 023011605570000002189 | Acciones de inspección, vigilancia y control | $ 134.602.435 023011605570000002198 | Acciones de fortalecimiento institucional | $ 134.602.435 TOTAL, CRÉDITOS | $ 269.204.870 Artículo 3. \- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido de este a la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

Artículo 4.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. \- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Se expide en Bogotá D.C. a los 13 días del mes de septiembre del año 2022.

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

Alcaldesa Local de Antonio Nariño

Nota. Ver norma original en Anexos.

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