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Decreto Local 007 de 2022

Decreto Local 007 de 2022 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
007
Año
2022
Fecha
18 de abril de 2022
Entidad
Alcaldía Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 007 DE 2022

(Abril 18)

_Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local N°[116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154759)aprobado por la Junta Administradora Local el 9 de abril de 2022 que adiciona el presupuesto de ingresos y gastos de la Vigencia Fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal_

El ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, a 31 de diciembre de 2021, el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, cerro la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de $ 11.064.283.665.

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular 02 del 01 de marzo de 2022, y conforme a lo establecido en los artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37)° y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38)° del Decreto 372 de 2010 comunicó la decisión tomada en su sesión N°02, celebrada el 28 de febrero de 2022, indicando que, del monto total de los excedentes generados a 31 de diciembre de 2021, al Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal se le asignó una partida de $4.735.588.342 que debe ser distribuido de la siguiente manera:

Que es necesario incorporar al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal, comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, los recursos asignados por el CONFIS.

Que el 14 de marzo de 2022 recibimos de la Secretaría Distrital de Planeación el concepto favorable N° 2-2022-23715, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros.

Que el 22 de marzo de 2022 recibimos de la Secretaría Distrital de Planeación el alcance al concepto favorable N° 2-2022-26558, sobre la modificación a la inversión – adición de excedentes financieros.

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones que aumentan las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local o no previstas para un objeto de gasto.

Que el Alcalde Local presentó para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de adición de recursos al presupuesto de Ingresos y Gastos.

Que la Junta Administradora Local de San Cristóbal, remitió el Acuerdo Local N° [116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154759) aprobado el día 9 de abril de 2022, sancionado por el Alcalde, en el cual se aprueba la modificación al presupuesto para la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, por valor de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($4.735.588.342) M/CTE., conforme al siguiente detalle: Artículo 2. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2021 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, por valor de CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y DOS PESOS ($4.735.588.342) M/CTE., conforme al siguiente detalle: Artículo 3._Comunicación_. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia. Artículo 4._Publicación_. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131999#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5._Vigencia_. El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131999#38). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de abril del año 2022.

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

Alcalde Local de San Cristóbal

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