Resolución 027 de 2022
Resolución 027 de 2022 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 027
- Año
- 2022
- Fecha
- 29 de diciembre de 2022
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 027 DE 2022
(Diciembre 29)
_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 por valor de $26.600.000.000 de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU_ __ EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL – CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, los artículos 2° y 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal ([e](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e)) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo estipulado en el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27)° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3)° del Decreto Distrital 191 de 2021, _“Las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto._ __ _Cuando se trate de gastos de inversión se requerirá adicionalmente el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Planeación…”_ __ Que de acuerdo con el numeral 4° del reglamento in terno adoptado en la sesión del 31 de enero de 2020, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.
Que la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., el 7 de septiembre de 2022 suscribió el Convenio derivado 1 del Convenio Interadministrativo N° 343 de 2021 con el Departamento de Cundinamarca y la Beneficencia de Cundinamarca, por la suma de $19.630.797.097, cuyo objeto es _“Aunar esfuerzos administrativos entre la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C., el Departamento de Cundinamarca y la Beneficencia de Cundinamarca, con el fin de llevar a cabo la transferencia de los recursos correspondientes al saldo de la vigencia 2019 y las vigencias 2020, 2021 y 2022, ordenados mediante Auto interlocutorio de 30 de mayo de 2019, proferido por el Juzgado Doce Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá en la etapa de verificación y cumplimiento de la sentencia de cierre de la Acción Popular 2007 - 00319”._ __ Que el parágrafo de la cláusula novena del mencionado convenio derivado 1 del Convenio Interadministrativo N° 343 de 2021, define que: _“PARAGRAFO: Por concepto del valor de indexación, éste será el causado a la fecha efectiva del giro de los recursos de conformidad con la fórmula establecida en el auto interlocutorio del 30 de mayo de 2019, proferido por el Juzgado Doce Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá - Sección Segunda.”_ __ Que de conformidad con lo establecido en el Parágrafo de la cláusula novena mencionado anteriormente, el cálculo por concepto de indexación equivale a $969.202.903, los cuales sumados al valor inicial del Convenio Derivado 1 de 2022, establece el valor total del Convenio en $20.600.000.000.
Que por lo anterior, es necesario efectuar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gas tos e Inversiones de la vigencia 2022 de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU, en Ingresos Corrientes por $20.600.000.000, provenientes de la suscripción Convenio derivado 1 del Convenio Interadministrativo N° 343 de 2021 con el Departamento de Cundinamarca y la Beneficencia de Cundinamarca.
Que la Secretaría Distrital de Planeación mediante oficio 2-2022-152631 emitió concepto favorable a la adición en el Presupuesto de Inversión.
Que la Junta Directiva de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU, mediante Acuerdo No.[51](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131041) del 21 de noviembre de 2022, emitió concepto previo favorable a esta Adición presupuestal.
Que el CONFIS en sesión No. 28 realizada el 27 de diciembre de 2022, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU, por valor de $20.600.000.000.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas, es responsabilidad y competencia exclusiva de Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU.
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU, para la vigencia fiscal com prendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022, por valor de $20.600.000.000 conforme al siguiente detalle: | 4.1. | INGRESOS | $20.600.000.000 ---|---|--- 4.1.1 | Ingresos Corrientes | $20.600.000.000 Artículo 2. Aprobar una adición en el Presupuesto de Gastos e Inversiones, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano ERU, por valor de $20.600.000.000, conforme al siguiente detalle:
4.2. | GASTOS | $20.600.000.000 ---|---|--- 4.2.3 | Inversión | $20.600.000.000 Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=132537) en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D. C., a los 29 días del mes de diciembre del año 2022.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CÓRTES
Secretario Distrital de Hacienda
MARIA MERCEDES JARAMILLO GARCÉS
Secretaria Técnica de CONFIS
Secretaria Distrital de Planeación
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Resolución 860 de 2024
RESOLUCIÓN 860 DE 2024 Por medio de la cual se establecen las medidas de emergencia a mujeres en todas sus diversidades en riesgo de feminicidio, familias y pe…
-
Resolución 20237000700 de 2023
RESOLUCIÓN 20237000700 DE 2023 ( O ctubre 17) P or medio de la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de Plan Parcial de Desarrollo …
-
Resolución 838 de 2023
RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ 838 DE 2023 (Septiembre 05) Por medio de la cual se adopta el Diccionario de Competencias Comportamentales de los empleos de la C…
-
Resolución 20223040044858 de 2022
SERVI001 RESOLUCIÓN 20223040044858 DE 2022 Por la cual se prorroga la entrada en vigencia de la Resolución 20223040044585 de 2022, aplicable a sistemas de fren…
-
Resolución 355 de 2021
RESOLUCIÓN 355 DE 2021 Por medio de la cual se delega la participación del Secretario Distrital de Movilidad en los Consejos Distrital y Consultivo de la Bicic…