Jurismart

Circular 658 de 2022

Circular 658 de 2022 Superintendencia de Notariado y Registro

Tipo
Circular
Número
658
Año
2022
Fecha
23 de diciembre de 2022
Entidad
Superintendencia de Notariado y Registro
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 658 DE 2022 (Diciembre 23) **PARA: Notarios del país, Entidades obligadas y demás usuarios del reparto notarial.

DE: Superintendente de Notariado y Registro.

ASUNTO: Puesta en marcha del módulo de Reparto Notarial a través del Sistema lntegrado de Servicios y Gestión. Respetados Notarios, Entidades sujetas a reparto notarial, y usuarios del servicio público Notarial En ejercicio de las funciones de orientación conferidas en el numeral 19 del artículo 13 del Decreto 2723 de 2014, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120905#15) de la Ley 29 de 1973 y el artículo [44](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47971#44) de la Ley 1537 de 2012, así como la Ley [1183](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28292) de 2008; la Superintendencia de Notariado y Registro informa que mediante la Resolución [14746](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133462) del 14 de diciembre de 2022, esta Entidad ha establecido el procedimiento de Reparto Notarial en los términos previamente anunciados mediante la Circular [276](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133618) del 31 de marzo de 2022. Ante la declaratoria de lnexequibilidad del artículo [86](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84147#86) de la Ley 1955 de 2019 y la reviviscencia del artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120905#15) de la Ley 29 de 1973, la Superintendencia de Notariado y Registro considero la necesidad de implementar un sistema electrónico nacional único de reparto, que permita garantizar un reparto notarial equitativo, oportuno y eficiente ante los diversos actos notariales. Es así como, la Entidad desarrollo el módulo de _"Reparto Notarial"_ dentro del Sistema lntegrado de Servicios y Gestión (SISG), el cual fue diseñado en los términos de la Resolución [14746](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133462) del 14 de diciembre de 2022 con miras a garantizar equidad frente a los notarios de aquellos círculos en que exista más de una notaría a través de un mecanismo aleatorio eliminatorio. Así las cosas, se han diseñado dos formularios a través de los cuales los interesados podrán solicitar el reparto notarial ante la autoridad competente, los cuales podrán ser visualizados en la página web de la Superintendencia y Notariado y Registro a través del link 1. Para efectos del Reparto Notarial, se estableció que por cada solicitud de reparto deberá diligenciarse el _"Formulario Unico de Solicitud para el Trámite de Reparto Notarial”_, para lo cual, las entidades obligadas deberán enviarlo al correo electrónico: reparto.notarial@supernotariado.gov.co desde el correo institucional de la entidad solicitante obligada a reparto. Cabe aclarar, que una misma solicitud puede contener varios actos siempre y cuando versen sobre el mismo bien inmueble o proyecto inmobiliario, para lo cual, en virtud del parágrafo del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133462#10) de la resolución 14746 del 14 de diciembre de 2022, se tendrá en cuenta el total de la sumatoria de estos, a efectos de determinar la categoría del reparto, y podrá diligenciarse en el espacio de observaciones del mencionado formulario. 2. Para efectos del Reparto Notarial de Declaratoria de Posesión Regular, se estableció el _"Formulario Único para el Trámite de Solicitud Declaratoria de Posesión Regular de Vivienda de interés Social Ley 1183 de 2008, Decreto Reglamentario 2742 de 2008"_, para lo cual, los poseedores de buena se deberán radicarlo en la ventanilla de correspondencia de la Superintendencia de Notariado y Registro (Nivel Central) para el Círculo notarial de Bogotá D.C., o en las respectivas Oficinas de Registro de Instrumentos públicos en el resto del país. 3. El horario establecido para la remisión de la solicitud del trámite de reparto notarial será de 8:00 a.m. a 2:00 p.m., razón por la cual, las solicitudes que se alleguen con posterioridad al termino descrito serán tramitadas el día hábil siguiente a la recepción de la solicitud. Es menester resaltar que las actas de reparto notarial serán allegadas a los correos electrónicos que se relacionen en las respectivos formularios, para lo cual, es sumamente importante que la información allí contenida sea clara y precisa. Cabe aclarar que las documentos requeridos para cada uno de las tramites sometidos a reparto deberán acreditarse directamente ante el despacho notarial asignado, para lo cual no es necesario enviar adjuntos al formulario de solicitud. Atendiendo la relevancia del trámite de reparto notarial, y en aras de lograr un mayor acercamiento a las usuarios respecto de este, la Superintendencia de Notariado y Registro ha elaborado una _"Guía Practica de Reparto Notarial"_ a través de la cual podrán encontrar orientación para la formulación de las solicitudes, otras dudas que se puedan generar respecto del mencionado tramite. Así las cosas, para su conocimiento se adjunta a la presente circular: 1. Resolución [14746](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133462) del 14 de diciembre de 2022. 2. Formulario Único de Solicitud para el Trámite de Reparto Notarial. 3. Formulario Único para el Trámite de Solicitud Declaratoria de Posesión Regular de Vivienda de interés Social Ley [1183](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28292) de 2008, Decreto Reglamentario [2742](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31613) de 2008. 4. Circular [276](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133618) del 31 de marzo de 2022. 5. Guía Practica de Reparto Notarial. ROOSVELT RODRÍGUEZ RENGIFO Superintendente de Notariado y Registro Nota: Ver norma original en Anexos.** Proyectó: Carlos Enrique Melenje Hurtado - Director de Administración Notarial Revisó: Daniela Andrade Valencia - Superintendente Delegada para el Notariado María José Muñoz Guzmán - Jefe Oficina Asesor Jurídica (E)

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar