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Resolución 313 de 2022

Resolución 313 de 2022 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Tipo
Resolución
Número
313
Año
2022
Fecha
7 de diciembre de 2022
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 313 de 2022

**(Diciembre 07)

**[Derogada por el art. 13, Resolución 181 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=156148#13)

_Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución No.[040](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90978)de 21 de febrero de 2020 y se actualiza el Comité de Contratación del Instituto Distrital de Turismo_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo 001 de 2007 de la Junta Directiva, Acuerdo 007 de 2022; el Acuerdo 009 de 2022, y; la Resolución No. 264 del 09 de noviembre de 2022 del Instituto Distrital de Turismo,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Turismo- IDT, fue creado mediante el Acuerdo No. [275](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023) de 2007, como un establecimiento público del orden distrital, adscrito a la Secretaria de Desarrollo Económico SDDE, cuyo objeto es: _"La ejecución de las políticas y planes y programas para la promoción del turismo y el posicionamiento del Distrito Capital como destino turístico sostenible"_.

Que el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, imparcialidad, entre otros. Que, atendiendo las funciones que establece Acuerdo [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129539) de 2022, “ _Por el cual se modifica la Estructura Organizacional del del Instituto Distrital de Turismo - IDT, y se determinan funciones y se dictan otras disposiciones_ ”; como el Acuerdo [009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129541) de 2022, “ _Por el cual se modifica la Planta de Personal del Instituto Distrital de Turismo_ ” y la Resolución No. 264 del 09 de noviembre de 2022, “ _Por medio de la cual se modifica el Manual Especifico de Funciones y de Competencia Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Distrital de Turismo – IDT_, se hace necesario actualizar el reglamento del Comité de Contratación del Instituto Distrital de Turismo la Resolución [040](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90978) del 21 de febrero de 2020. Lo anterior, igualmente en consideración a las modificaciones establecidas en el Manual de Contratación del Instituto Distrito de Turismo adoptado mediante Resolución No. [208](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=87725) de fecha 23 de octubre de 2019.

Que el artículo [23](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#23) de la Ley 80 de 1993, establece: "_De los principios de las actuaciones contractuales de las Entidades Estatales. Las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa._ __ _Igualmente, se aplicarán en las mismas las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo_ ".

Que el numeral [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#25.n.9) del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, prevé que en los procesos de contratación intervendrán el jefe y las unidades asesoras y ejecutoras de la entidad que se señalen en las correspondientes normas sobre su organización y funcionamiento".

Que las entidades estatales deben procurar el logro de los objetivos del sistema de compras y contratación pública definidos por Colombia Compra Eficiente.

Que teniendo en cuenta las consideraciones precedentes y con el fin de cumplir con la función estratégica que debe tener tanto el Sistema de Compras Públicas como la gestión contractual en el marco de la misionalidad del Instituto Distrital de Turismo, y con el ánimo de materializar las políticas públicas y gestionar de manera eficiente el gasto público que le ha sido asignado, se hace necesario actualizar el artículo tercero de la Resolución [040](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90978) del 21 de febrero de 2020 que actualiza y reglamenta el Comité de Contratación del Instituto Distrital de Turismo. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. MODIFIQUESE el artículo [TERCERO](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=90978#3) de la Resolución 040 del 21 de febrero de 2020 el cual quedará de la siguiente manera: _ARTICULO TERCERO. – INTEGRACIÓN: El Comité de Contratación, estará integrado por:_ __ _a)__El Director (a) General del Instituto Distrital de Turismo o su delegado/a quien lo asistirá en su representación, quien tendrá voz y voto._ __ _b)__El/ La Subdirector/a de Gestión Corporativa, quien tendrá voz y voto._ __ _c)__El/La Subdirector/a de Planeación, quien tendrá voz y voto._ __ _d)__El/ La Subdirector/a de Mercadeo, quien tendrá voz y voto_ __ _e)__El/ La Subdirector/a de Desarrollo y Competitividad, quien tendrá voz y voto._ __ _f)__El/La Subdirector/a de Inteligencia y Gestión de Tecnologías de las Información, quien tendrá voz y voto._ __ _g)__El/ La Jefe de la Oficina Jurídica, quien ejercerá como secretario/a técnico del Comité de Contratación, quien solo tendrá voz._ Artículo 2 _. VIGENCIA_: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D. C., a los 07 días del mes de diciembre del año 2022.

ANDRÉS ORLANDO CLAVIJO RANGEL

Director General

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