Decreto Local 026 de 2022
Decreto Local 026 de 2022 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 026
- Año
- 2022
- Fecha
- 21 de diciembre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Engativá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 026 DE 2022
(Diciembre 21)
_Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión de la Alcaldía Local de Engativá, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del 2023_ EL ALCALDE LOCAL DE ENGATIVÁ (E)
En uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el Artículo 19 del Decreto 372 de 2010,
CONSIDERANDO:
Que la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2023 mediante Acuerdo Local No. 04 del 15 de diciembre de 2022, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local de Engativá (E).
Que en virtud de lo establecido en el Artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#19) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL PESOS ($157.903.923.000) MCTE., conforme al siguiente detalle: DISTRIBUCIÓN DE INGRESOS
Artículo 2. Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, por la suma de CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL PESOS ($157.903.923.000) MCTE., conforme al siguiente detalle: DISTRIBUCIÓN DE GASTOS Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de su fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131698#19) y surte efectos fiscales a partir de primero (1º) de enero de dos mil veintitrés (2023).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.**
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2022.
ANTONIO CARRILLO ROSAS
Alcalde Local de Engativá (E)
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