Resolución 891 de 2022
Resolución 891 de 2022 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza
- Tipo
- Resolución
- Número
- 891
- Año
- 2022
- Fecha
- 17 de noviembre de 2022
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Subsecretaría de Gobernanza
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 891 DE 2022
(Noviembre 17)
_Por la cual se modifica parcialmente la Resolución No.[74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121022)del 17 de febrero de 2022 “Por la cual se apropian los recursos para garantizar las Condiciones de participación y funcionamiento del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial_
LA SUBSECRETARIA DE GOBERNANZA DE LA SECRETARÍA DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE,
en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 340 de 2020, modificado por el Decreto 400 de 2022, y las Resoluciones número 064 de 2017, 279 de 2020, 311 de 2020, y demás normas concordantes,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70)º de la Constitución Política establece que el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las personas que conviven en el país, así mismo promueve la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.
Que según el literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#12.l.h) del artículo 12º del Decreto Distrital 340 de 2020, dentro de la estructura de la Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte, la Subsecretaría de Gobernanza tiene dentro de sus funciones la de Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales.
Que el Concejo de Bogotá D.C., mediante Acuerdo Nº. [761](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93649) del año 2020, adoptó el Plan Distrital de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas y el Plan Plurianual de Inversiones para Bogotá D.C. para el período 2020-2024 “ _Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI_ ”, que constituye el marco de acción de las políticas, programas, estrategias y proyectos de la Administración Distrital, para lograr una redistribución más equitativa de los costos y beneficios de vivir en Bogotá, impulsar la recuperación de la actividad socioeconómica y cultural asociada al control de la pandemia del Covid-19 y capitalizar sus aprendizajes al poner de manifiesto necesidades que obligan a fortalecer o abordar nuevos programas en el marco de la “Nueva Normalidad”.
Que la Secretaría de Cultura Recreación y Deporte en armonía con los propósitos y logros de ciudad y las metas establecidas en el Plan de Desarrollo, formuló el proyecto de Inversión “ _7650 - Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C.”_ con el objetivo incrementar las acciones para la cobertura contextualizada, equitativa e integral de los programas de fomento orientados al fortalecimiento de los agentes culturales y la apropiación ciudadana de los procesos culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, mediante el diseño e implementación de estrategias de gestión que contextualicen e incrementen la pertinencia en la toma de decisiones y que permitan fortalecer la capacidad institucional para diseñar y promover la articulación que potencialicen las apuestas de la política pública de fomento, la dinamización de los agentes culturales con apropiación social, con énfasis territorial y poblacional que permitan mejorar el acceso equitativo a los bienes y valores culturales de la ciudad y el posicionamiento de los programas de Fomento. Que, mediante la Resolución 92 del 8 de febrero de 2021, se estimó el valor de participación de un consejero por sesión, de dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para los consejeros participantes y tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para el/los consejeros(s) moderador(es) de la sesión del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial.
Que mediante la Resolución [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121022) de 17 de febrero de 2022, se apropiaron los recursos para garantizar las condiciones de participación y funcionamiento del Consejo de Consulta de Pensamiento.
Que con el fin de amparar los recursos que garantizaran la participación de los consejeros en las sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial que se llevarían a cabo en la vigencia 2022, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 530 del 1 de febrero de 2022, del proyecto de inversión 7650 “ _Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C_ ” por valor de CIEN MILLONES DE PESOS ($100.000.000) M/TE.
Que durante la vigencia de 2022, ya se realizaron los pagos correspondientes a los consejeros intervinientes en las sesiones que se han adelantado hasta la fecha de expedición del presente acto administrativo durante la vigencia 2022, quedando hasta el momento un saldo por ejecutar en el CDP 530 de 2022 por la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS ($60.000.000) y teniendo en cuenta que se contempla la realización de una última sesión, la cual, programada para el día 21 de noviembre de 2022 contara con la participación de cuatro (4) Consejeros, sin que ninguno de ellos desempeñe la calidad de moderador; se prevé que dentro de los recursos destinados en el CDP 530 de 2022, quedaría un remanente por la suma total de CINCUENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($52.000.000), valor que debe liberarse teniendo en cuenta que, en la presente vigencia no se realizaran más sesiones del Consejo de Consulta de Pensamiento para el Fomento Cultural, Artístico y Patrimonial. En consideración de lo expuesto
RESUELVE:
Artículo 1. Liberar el valor de CINCUENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($52.000.000) al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 530 del 1 de febrero de 2022, del proyecto de inversión 7650 “ _Fortalecimiento de los procesos de fomento cultural para la gestión incluyente en Cultura para la vida cotidiana en Bogotá D.C”._ Artículo 2. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa informar al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría, Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, realizar los trámites correspondientes para la liberación del valor, de CINCUENTA Y DOS MILLONES DE PESOS ($52.000.000) al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 530 del 1 de febrero de 2022. Artículo 3. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa, comunicar el contenido de la presente Resolución a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Recursos Financieros de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para lo de sus respectivas competencias. Artículo 4. Los demás aspectos contemplados en la Resolución No. [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=121022) del 17 de febrero de 2022 continúan vigentes y sin modificación alguna. Artículo 5. Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución en el micrositio de convocatorias de la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Artículo 6. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129937). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 17 días del mes de noviembre del año 2022.
YANETH SUÁREZ ACERO Subsecretaria de Gobernanza
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