Decreto Local 022 de 2022
Decreto Local 022 de 2022 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 022
- Año
- 2022
- Fecha
- 9 de noviembre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 022 DE 2022
(Noviembre 09)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2022_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - FDL- y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:_ Numeral primero: _“(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”._ Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local”_ (…). Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(…) Que, a finales del año 2021, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2022, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda. Dado lo anterior, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2022 realizo la contratación del suministro de combustible por medio de la tienda virtual según orden de compra No. OC-84058 que tiene como objeto _“el suministro de combustible para la atención de las actividades necesarias para el cumplimiento de la misionalidad de la entidad”._ Que teniendo en cuenta las actividades programadas que tiene la entidad para la presente vigencia se requiere realizar una adición a la orden de compra anterior, con el fin de poder suministrar el combustible para los vehículos del Fondo de Desarrollo Local y esta manera garantizar el transporte de funcionarios, contratistas y bienes para la ejecución de las actividades misionales del Fondo de Desarrollo Local, llevando la oferta institucional a todos los barrios de localidad; en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA UN MIL CIENTO TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 4.631.132). De igual forma, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia 2022 suscribió el contrato No. 138-2022 que tiene como objeto: _“Prestar el servicio integral de vigilancia y seguridad privada permanente con medio humano, con arma y medios tecnológicos para todos los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la alcaldía local de Usaquén - fondo de desarrollo local de Usaquén y de las que legalmente sea o llegare a ser responsable”_. Teniendo en cuenta que a su cargo bienes muebles e inmuebles de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén y le corresponde a esta entidad velar por la adecuada protección y custodia de dichos bienes que conforman su patrimonio, así como de aquellos por los cuales sea o llegara a ser legalmente responsable, para lo cual debe adelantar las acciones necesarias tendientes a garantizar la protección de los recursos de la organización, con el objeto de prevenir riesgos, hechos y registros que atenten contra la seguridad de los mismos de conformidad con lo señalado en el literal del artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=300#2) de la Ley 87 de 1993. La protección y cuidado de las instalaciones, se debe aplicar utilizando estrategias que apunten a la prestación del servicio de manera eficiente y eficaz, lo cual requiere de personal de vigilancia con experiencia e idoneidad que garanticen el bienestar de funcionarios y visitantes, servicio que debe ser prestado por una empresa debidamente constituida y que cuente con sus respectivas licencias de funcionamiento y demás requisitos legales; para garantizar la continuidad en la prestación del servicio la entidad se encuentra interesada en realizar la adición y prórroga al citado contrato para dar continuidad con la prestación de los servicios de seguridad y vigilancia, estimando a su vez un incremento del 13% en el valor del SMLV a partir del mes de enero de 2023 en concordancia con las tarifas que se tipifiquen por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CUARENTA Y TRES MILLONES CIENTO SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS M/ CTE($43.161.285,00). Por otro lado, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén el 16 de junio del presente año suscribió el contrato No. 308- 2022 cuyo objeto es _“Contratar el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del parque automotor de propiedad del fondo de desarrollo local de Usaquén, incluyendo el suministro de repuestos e insumos que cubran todos los aspectos técnicos, mecánicos y eléctricos para el correcto funcionamiento y optima seguridad de los vehículos”_ , en este sentido el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere dar continuidad a los servicios del contrato 308-2022 el cual tiene como fecha de vencimiento el 23 de enero del 2023 y cuenta en la actualidad con un saldo de $ 4.185.790 en este sentido es pertinente la adición por valor de $ 9.243.725 y prorroga al contrato en mención dos (2) mes más para que continúe brindando en términos de oportunidad, calidad y economía, el mantenimiento preventivo y correctivo a los vehículos de la Alcaldía Local de Usaquén con el fin de que los funcionarios y contratistas del Área de Gestión de Desarrollo Local y del Área de Gestión Jurídica y Policiva, se desplacen de manera segura y oportuna a los diferentes operativos y actividades que se programan al interior de la alcaldía en cumplimiento de la normatividad vigente para las áreas, incluyendo además los servicios de: grúa y cama baja para cuando se requiera. El contrato incluye el suministro de repuestos originales y nuevos, el servicio de mano de obra entre otros, de acuerdo con lo anterior se relaciona los vehículos que se encuentran a cargo de la Alcaldía Local de Usaquén y que están en constante mantenimiento. Por lo que se requiere que del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para lo cual requiere realizar un traslado por valor de OCHO MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL TRECIENTOS QUINCE PESOS M/CTE ($ 8.168.315). En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén requiere adelantar un traslado presupuestal por valor de CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS PESOS M/CTE ($ 55.960.732,00). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 4. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes. Artículo 5. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129737). COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C, a los 09 días del mes de noviembre del año 2022.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local Usaquén
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