Circular 019 de 2022
Circular 019 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
- Tipo
- Circular
- Número
- 019
- Año
- 2022
- Fecha
- 2 de noviembre de 2022
- Entidad
- Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 019 DE 2022
(Noviembre 02) Para: JEFES OFICINAS ASESORAS DE PLANEACIÓN O QUIEN HAGA SUS VECES.
De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ
Asunto: AUTODIAGNÓSTICO DEL SISTEMA DE COORDINACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN DEL DISTRITO CAPITAL.
Radicado 2-2022-31765 Respetados (as) jefes, Reciban un cordial saludo, La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional ha diseñado una estrategia orientada a realizar un análisis que permita identificar el estado, la organización y efectivo funcionamiento de las instancias de coordinación distrital. Este ejercicio, tiene como propósito optimizar y racionalizar las instancias que conforman el Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital según los criterios definidos en el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=67661#3) del Decreto 547 de 2016[1] Para tal efecto, mediante la Circular N° [082](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=117738) del 29 de septiembre de 2021, se cumplió la primera fase la cual consistió en solicitar la base de datos de los (as) funcionarios (as) que ejercen el rol de presidente, secretaría técnica, integrantes e invitados permanentes en las instancias de coordinación distrital y una vez consolidada la información, dar inicio a la segunda fase que se materializa mediante el presente acto administrativo, la cual consiste en la aplicación de¡ instrumento de autodiagnóstico a todas las entidades distritales que ejercen secretaría técnica de las instancias de coordinación distrital. Dicho lo anterior, para la esta segunda fase se diseña un instrumento compuesto por cuarenta y tres (43) preguntas que se encuentran distribuidas por los diferentes roles que ejercen los (as) funcionarios (as) en las instancias de coordinación distrital, y deben ser contestadas de la siguiente manera: i) veintiséis (26) preguntas dirigidas al rol de presidentes, II) treinta y uno (31) preguntas al rol de secretarías técnicas y iii) veintisiete (27) preguntas al rol de integrantes institucionales que, en el último caso se deberá aplicar a mínimo tres (3) integrantes que defina el Secretario Técnico de la instancia. Para garantizar el éxito de la aplicación de esta herramienta, las Oficinas de Planeación o quien haga sus veces en cada entidad, serán las encargadas de distribuir el instrumento de autodiagnóstico a las instancias donde la entidad ejerce el rol de secretaría técnica y que se encuentran relacionadas en el anexo 1 de la presente Circular. Además, deberán apoyar metodológicamerite el diligenciamiento y hacer seguimiento al cumplimiento de los plazos definidos. Es así como, con el ánimo de avanzar en el cumplimiento de lo antes mencionado, se presenta el cronograma de esta segunda fase: Cabe mencionar que, del 4 al 18 de noviembre serán Contactados por funcionarios de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional para el soporte y el acompañamiento que se requiera. Cualquier inquietud sobre el particular podrán comunicarse con la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional al teléfono 3813000 extensión 24000 enviarla a los correos electrónicos yabeltran@alcaldiabogota.gov.co e instanciasdecoord@alcaldiabogota.gov.co Cordialmente, MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE
Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá Proyectó: Juan Sebastián Jiménez Castro - profesional universitario - Dirección Distrital de Desarrollo Institucional Andrés Beltrán Muñoz - profesional especializado - Dirección Distrital de Desarrollo Institucional Revisó: Alexandra Arévalo Cuervo - Directora (E) Distrital de Desarrollo Institucional Martha Lucia Noguera Baquero - Asesora despacho, Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá Aprobó: Patricia Rincón Mazo - Subsecretaría Distrital de Fortalecimiento Institucional Paulo Ernesto Realpe Mejía - Jefe Oficina Jurídica Nota: Ver norma original y Anexos.
NOTA AL PIE DE PÁGINA:
* * *
[1]_"(...) Instancias que no cumplen su función: Para efectos del presente Decreto, se consideran instancias que no cumplen las funciones por las que fueron creadas aquellas que: _ _1. Cumplieron el objeto para el cual fueron creadas. Se encuentran inactivas pues no han presentado actividad durante los últimos cinco (5) años._ _3.Sus funciones han sido asumidas por otras entidades o instancias de coordinación distrital._ _4. Se transformaron o se incorporan a otras instancias de coordinación por disposición legal. (...)"._
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