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Resolución 520 de 2022

Resolución 520 de 2022 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
520
Año
2022
Fecha
21 de octubre de 2022
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 520 DE 2022

(Octubre 21) __ _Por la cual se modifica parcialmente la Resolución[031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120188#0)del 20 de enero de 2022 "Por la cual se constituye y establece el funcionamiento de la Caja Menor de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2022”_

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el Decreto Distrital 140 de 2021 y el artículo 57 del Decreto Distrital 192 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Distrital [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#0) de 2021 reglamentó el funcionamiento de las Cajas Menores y los Avances en Efectivo y estableció que las Cajas Menores se constituirán para cada vigencia fiscal. Que, el Contador General de Bogotá, mediante la Resolución DDC-00001 del 12 de mayo del 2009, adoptó el Manual para el Manejo y Control de Cajas Menores, y señaló que el mismo debía ser aplicado por los órganos que conforman el Presupuesto Anual y las entidades distritales con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado respecto de las transferencias de la Administración Central, las Empresas Sociales del Estado y los Fondos de Desarrollo Local. Que, la Secretaría Distrital de Hacienda a través de la Resolución SDH - [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#0) del 22 de septiembre de 2017, adoptó y consolidó el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, y en el numeral [3.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#V.A) del Módulo 1 del manual referente al manejo de cajas menores, estableció que cada entidad constituirá la caja menor para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el representante legal del respectivo organismo, la cual debe indicar, el responsable, la finalidad, la clase de gasto, la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal. Que, el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85976#20) del Decreto Distrital 492 de 2019, dispuso que: _“El responsable y ordenador del manejo de la caja menor en cada entidad y organismo distrital deberá ceñirse estrictamente a los gastos que tengan carácter de imprevistos, urgentes, imprescindibles e inaplazables y enmarcados dentro de las políticas de racionalización del gasto. (…)”_. Que, el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119620#2) del Decreto Distrital 540 de 2021, estableció el presupuesto anual de gastos e inversiones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., para la vigencia 2022, por valor de DOSCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS M/CTE ($204.632.525.000) que corresponde a 204.632,52 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo que permite constituir una caja menor hasta por una cuantía máxima de 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes, de conformidad con el artículo [61](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#61) del Decreto Distrital 192 de 2021. Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo [59](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#59) del Decreto Distrital 192 de 2021, el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. expidió el certificado de disponibilidad presupuestal No. 29 del 3 de enero de 2022 para constituir la caja menor de la entidad, cuyo valor vigente es de VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE ($29.197.129), de conformidad con la modificación objeto de la Resolución 437 del 09 de septiembre de 2022. Que, mediante el artículo 1 de la Resolución No. 437 del 09 de septiembre 2022 expedida por la entidad, se modificó parcialmente la Resolución [031](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120188#0) del 20 de enero de 2022 por la cual se constituyó la Caja Menor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá de la vigencia 2022, cuya cuantía quedó en VEINTINUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE ($29.197.129) y distribución mensual de CUATRO MILLONES CIENTO SESENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($4.167.000) Que, la entidad se encuentra adelantando el trámite de certificación en la Norma Técnica Colombiana NTC-5926-1 del ascensor Avaro Niño, ubicado en el Edificio Liévano, el cual de acuerdo con el informe de inspección No. TV-9306-272744 realizado por la empresa Engygas Services, acreditada por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia - ONAC, requiere del cambio de algunos componentes y accesorios eléctricos y mecánicos para su acreditación, por lo cual, y en razón al costo de estos elementos, para su adquisición se requiere aumentar la cuantía del gasto mensual de la caja menor, correspondiente al rubro _"Otro equipo eléctrico y sus panes y piezas"_, pasando de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE ($242.000) a QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS M/CTE ($555.000). Que, seguidamente y en atención a lo establecido en los Decretos Distritales [531](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40983#0) de 2010 y [383](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79838#0) de 2018, relacionados con el tratamiento de la silvicultura urbana, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., con oficio 2-2022-21980 del 29 de julio de 2022, radicó ante la Secretaría Distrital de Ambiente la solicitud para el manejo forestal de cinco (5) árboles ubicados en la sede del Archivo Distrital de Bogotá, siendo necesario realizar el pago a la Secretaria Distrital de Ambiente por concepto de seguimiento a la solicitud de concepto de tratamiento silvicultural, de conformidad con la respuesta contenida en oficio 2022EE236453 del 15 de septiembre de 2022, emitido por la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre; y cuyo costo se liquidó en la plataforma ventanilla virtual de la Secretaría de Ambiente por valor de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL PESOS M/CTE ($194.000), pago que por su cuantía y celeridad, debe realizarse a través de la caja menor. Que, para atender el pago de tasas y derechos administrativos en lo que resta de la presente vigencia fiscal, se requiere adicionar el rubro 021803 _"Tasas y derechos administrativos"_ a la Caja Menor de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en cuantía de OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($837.000) y con un valor de gasto mensual de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE. ($279.000). Que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo [59](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#59) del Decreto Distrital 192 de 2021, el Subdirector Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., expidió el certificado de disponibilidad No. 1251 del 12 de octubre de 2022 para adicionar la caja menor de la entidad con el rubro 021803 _"Tasas y derechos administrativos"_, con la proyección del número de reembolsos que se pretenden realizar durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022 Que en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1 °-: Modificar el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120188#1) de la Resolución 031 del 20 de enero de 2022, que a su vez fue modificado por el artículo 1 de la Resolución 437 del 09 de septiembre de 2022, aumentando la cuantía de gasto mensual del rubro _"Otro equipo eléctrico y sus partes y piezas",_ el cual pasa de DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS M/CTE. ($242.000) a QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS MICTE. ($555.000); y adicionar a la caja menor el rubro presupuestal de _"Tasas y derechos administrativos"_ en cuantía de OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE ($837.000) y una cuantía de gasto mensual de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL PESO M/CTE. ($279.000). En consecuencia, la caja menor de la entidad anual asignada para sufragar los gastos urgentes, imprevistos, inaplazables e imprescindibles según certificado de disponibilidad presupuestal No. 29 del 3 de enero de 2022, y 1251 del 12 de octubre de 2022 queda en la suma de TREINTA MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO VEINTINUEVE PESOS M/CTE. ($30.034.129), con un total de gasto mes de CUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL PESOS M/CTE.($4.759.000) y un control de reembolso mes del 70%, distribuidos así: | RUBRO PRESUPUESTAL | DESCRIPCIÓN DEL RUBRO | SALDO ACTUAL MENOR CDP 29-2022 | VALOR MENSUAL ACTUAL CAJA MENOR | ADICIÓN RUBRO CAJA MENOR | NUEVO VALOR CAJA MENOR | ADICIÓN CUANTÍA RUBRO VALOR MES | NUEVO VALOR MENSUAL | CONTROL MES REEEMBOLSO (70%) ---|---|---|---|---|---|---|---|--- 021201010030302 | Maquinaria de informática y sus partes piezas y accesorios | 1.532.000 | 209.000 | | 1.532.000 | | 209.000 | 146.300 021201010030406 | Otro equipo eléctrico y sus partes y piezas | 1.924 000 | 242.000 | | 1.924.000 | 313.000 | 555.000 | 388.500 02120201003023219999 | Artículos n.c.p de pulpa de papel o cartón | 1.188.472 | 146.000 | | 1.188.472 | | 146.000 | 102.200 02120201003033339099 | Derivados n.c.p. de petróleo | 1.035.000 | 150.000 | | 1.035.000 | | 150.000 | 105.000 02120201004024299994 | Artículos de aluminio n.c.p. | 2.237 960 | 291.000 | | 2.237.960 | | 291.000 | 203.700 021202020060464115 | Servicios de Taxi | 4.873.600 | 750.000 | | 4.873.600 | | 750.000 | 525.000 021202020060767430 | Servicios de parqueaderos | 1.248.000 | 208.000 | | 1.248.000 | | 208.000 | 145.600 021202020060767990 | Otros servicios de apoyo al transporte n.c.p. | 1.886.500 | 250.000 | | 1.886.500 | | 250.000 | 175.000 021202020080282130 | Servicios de documentación y certificación jurídica | 2.583.577 | 375.000 | | 2.583.577 | | 375.000 | 262.500 021202020080585951 | Servicios de copia y reproducción | 2.400.000 | 400.000 | | 2.400.000 | | 400.000 | 280.000 02120202008078711099 | Servicios de mantenimiento y reparación de otros productos metálicos elaborados n.c.p. | 1.325 700 | 188.000 | | 1.325.700 | | 188.000 | 131.600 02120202008078714102 | Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automóviles | 2.507.320 | 333.000 | | 2.507.320 | | 333.000 | 233.100 02120202008078714999 | Servicios de mantenimiento y reparación de otro equipo de transporte, excepto vehículos automotores y motocicletas. | 2.082.000 | 292.000 | | 2.082.000 | | 292.000 | 204.400 02120202008078715501 | Servicios de mantenimiento y reparación de equipos electrónicos de consumo doméstico (receptores de radio y televisión, grabadoras de video (VCR DVD, etc.), reproductores de CD, DVD etc, cámaras de | 2.373.000 | 333.000 | | 2.373.000 | | 333.000 | 233.100 021803 | Tasas y derechos administrativos | 0 | 0 | 837.000 | 837.000 | 279.000 | 279.000 | 195.300 TOTAL | 29.197.129 |

4.167.000 | 837.000 | 30.034.129 | 592.000 | 4.759.000 |

3.331.300

Las demás disposiciones de la mencionada Resolución continúan vigentes en los mismos términos.

Artículo 2 °-: Comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para lo de su competencia.

Artículo 3 °-: Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2022.

MARÍA CLEMENCIA PÉREZ URIBE

Secretaría General

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