Decreto Local 021 de 2022
Decreto Local 021 de 2022 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 021
- Año
- 2022
- Fecha
- 24 de octubre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 021 DE 2022
(Octubre 24)
_Por medio de la cual se posesionan los consejeros(as) de juventud llamados a ocupar las curules vacantes del Consejo Local de Juventud de la Localidad de Usaquén_
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 16, 19 y 40 de la Ley 1622 de 2013 y
CONSIDERANDO:
Que la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013 “Estatuto de Ciudadanía Juvenil” y La Ley [1885](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805) de 2018, establecen la elección y conformación de los Consejos Locales de Juventud.
Que a través de procesos concertados y autónomos se eligieron en la Localidad 2 consejeros de juventud para ocupar las curules especiales creadas por la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013.
Que el 5 de diciembre se eligieron 17 consejeros de juventud por voto popular en la Localidad de Usaquén, en cumplimiento de lo establecido en la Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013 y la Ley [1855](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805) de 2018.
Que la Ley 1885 de 2018, en su artículo [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=75805#21) establece que los Consejos de Juventud deben posesionarse dentro de los 3 meses siguientes a su elección, hasta que se realicen nuevas elecciones, las cuales deberán realizarse cada cuatro años.
Que la Ley 1622 de 2013 en su artículo [57](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#57), determina que cada alcalde adoptará mediante acto administrativo las medidas establecidas en dicha Ley, para asegurar la operación de los consejos de juventud de cada ente territorial.
Que en el Acuerdo 002 de 2022 en su artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=128939#2), la mesa directiva del Consejo de Juventud de la Localidad de Usaquén, Ciudad Bogotá D.C., en uso de sus facultades legales y reglamentarias y en especial las conferidas en el artículo [53](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#53) y [54](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971#54) del Estatuto de la Ciudadanía Juvenil (Ley [1622](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=52971) de 2013), y en el artículo 13 del Acuerdo no. 001 de 2022, declaró la Vacancia Absoluta por la causal renuncia aceptada de la curul que ocupaba la señora VALENTINA PAOLA ESLAVA PRADA del partido DIGNIDAD y de la curul que ocupaba el señor SEBASTIÁN DAVID HERNÁNDEZ SALAZAR del partidoMOVIMIENTO DIGITAL EL CAMBIO SOY YO.
Que, de acuerdo con el protocolo establecido por la Secretaría Distrital de Gobierno, asistido técnica y jurídicamente por la Consejería Presidencial para la Juventud - Colombia Joven, una vez recibida por parte de la Registraduría Distrital la certificación respectiva de la persona que continúa en lista de forma sucesiva, o si no hay más integrantes de la lista, aquellos que hagan parte de la siguiente lista con mayor votación, la Alcaldía Local procederá a llamar a posesión a los nuevos consejeros. En virtud de lo anterior, este despacho
RESUELVE:
Artículo 1. POSESIONAR. Como Consejero y Consejera Local de Juventud de la localidad de Usaquén para el período 2022 - 2026 a los ciudadanos JUAN DAVID POLOCHE eISABELA FERNANDA CARRASCAL quienes según el orden de inscripción o votación obtenido de la lista de los partidos DIGNIDAD y MOVIMIENTO DIGITAL EL CAMBIO SOY YO en las elecciones del 5 de diciembre de 2021, siguen en orden sucesivo y descendente para ser llamados a ocupar la curul vacante. Artículo 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129298). PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES
Alcalde Local de Usaquén
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