Decreto Local 006 de 2022
Decreto Local 006 de 2022 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 006
- Año
- 2022
- Fecha
- 13 de octubre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 006 DE 2022
(Octubre 13)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal 2022_
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece: _cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)_ Que, de igual manera, en el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1) establece: _(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)_ Que el Artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#11) del Decreto 192 de 2021, _Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones_, establece. _Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C.. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación (…)_ Que, mediante el Decreto Local [025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=119475) del 20 diciembre de 2021, se expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2022, el cual a su vez fue aclarado mediante el Decreto local [026](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120089) del 30 de diciembre de 2022(sic). Que, el Plan de Desarrollo 2021-2024 de la Localidad Rafael Uribe Uribe, _“Un nuevo contrato social y ambiental para la localidad de Rafael Uribe Uribe”_ cuenta al interior de su presupuesto de inversión con proyectos que requieren adición de recursos para el cumplimiento de sus metas de acuerdo con la justificación económica y financiera. Por lo anterior una vez analizado el presupuesto de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, es procedente realizar un traslado presupuestal al interior del agregado de inversión.
Que el valor total a trasladar asciende a NOVECIENTOS CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 904.000.000), con el fin de mejorar en la ejecución de la meta impuesta en los indicadores.
Que mediante oficio No. 2-2022-136410 del 20 de septiembre de 2022 y oficio de alcance No. 2-2022-142585 del 03 de octubre de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.
Que mediante oficio No. 2022EE475629O1 del 12 de octubre de 2022 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el FDL efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2022 de NOVECIENTOS CUATRO MILLONES DE PESOS M/ CTE ($ 904.000.000). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle: | CONTRACRÉDITO --- CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACRÉDITOS O2 | GASTOS | $ 904.000.000 O23 | INVERSIÓN | $ 904.000.000 O2306 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $ 904.000.000 O230690 | Obligaciones por pagar inversión vigencias anteriores | $ 904.000.000
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de inversión de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe conforme al siguiente detalle:
CRÉDITO --- CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CRÉDITOS O2 | GASTOS | $ 904.000.000 O23 | INVERSIÓN | $ 904.000.000 O2301 | DIRECTA | $ 904.000.000 O230116 | Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI | $ 904.000.000 O23011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $ 80.000.000 O2301160101 | Subsidios y transferencias para la equidad | $ 80.000.000 O2301160100000001636 | Mejoramiento de la calidad de vida del adulto mayor en Rafael Uribe Uribe | $ 80.000.000 O23011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | $ 36.000.000 O2301160230 | Eficiencia en la atención de emergencias | $ 36.000.000 O23011602300000001665 | Reducción de riesgos por emergencias y desastres en Rafael Uribe Uribe | $ 36.000.000 O23011603 | Inspirar confianza y legitimidad para vivir sin miedo y ser epicentro de cultura ciudadana, paz y reconciliación | $ 116.000.000 O2301160343 | Cultura ciudadana para la confianza, la convivencia y la participación desde la vida cotidiana | $ 66.000.000 O23011603430000001680 | Ciudadanos más seguros y con confianza en la justicia en Rafael Uribe Uribe | $ 66.000.000 O2301160345 | Espacio público más seguro y construido colectivamente | $ 50.000.000 O23011603450000001681 | Cultura ciudadana y uso optimo del espacio público en Rafael Uribe Uribe | $ 50.000.000 O23011605 | Construir Bogotá región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $ 672.000.000 O2301160557 | Gestión pública local | $ 672.000.000 O23011605570000001697 | Gestión pública transparente y que rinde cuentas a la ciudadanía en Rafael Uribe Uribe | $ 272.000.000 O23011605570000001698 | Inspección, vigilancia y control en Rafael Uribe Uribe | $ 400.000.000 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., en la Localidad de Rafael Uribe Uribe a los 13 días del mes de octubre del año 2022.
EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANO
Alcalde Local Rafael Uribe Uribe
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