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Decreto Local 010 de 2022

Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Bosa

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2022
Fecha
25 de julio de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Bosa
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

(Julio 25)

_Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Bosa_

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 1421 de 1993 y modificado por el Decreto 2116 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993- Estatuto Orgánico de Bogotá, prevé que, cuando existan asuntos prioritarios cuya deliberación no pueda tratarse en sesiones ordinarias, los alcaldes o alcaldesas locales pueden convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias por el tiempo que se señale y para ocuparse de los asuntos que se sometan a su consideración.

Que el Acuerdo Local [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127598) de 2022 _“por medio de la cual se modifica el reglamento interno de la junta administradora de bosa y se deroga el acuerdo 002 de 2006”_, determinó las reglas que rigen el ejercicio de las funciones de la JAL.

Que mediante radicado No. 20225701215881 del 19 de julio de 2022, se informó que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#9) del Decreto Ley 1421 de 1993 tendría un artículo nuevo así: “ _Artículo 69A. Apoyo técnico y administrativo a las Juntas Administradoras Locales_. “ _Con e! fin de promover la gestión de las juntas Administradoras Locales, la Alcaldía Mayor de Bogotá, reglamentará las condiciones las que las JAL podrán acceder a mesas de apoyo técnico por localidad, para ejecutar labores jurídicas, administrativas y de secretaria, con cargo al Fondo de Desarrollo Local correspondiente_ ”.

Que por esa razón, antes que el Fondo de Desarrollo Local provea a la Junta Administradora Local el apoyo técnico, se deberá contar con la reglamentación de las condiciones por parte de la Alcaldía Mayor de Bogotá, tal como se señala la normatividad vigente.

Que de conformidad con las funciones de vigilancia y control descritas en el artículo [69](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#69) del Decreto 1421 de 1993, el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666#14) del Acuerdo Distrital 740 de 2019, el artículo 33 del acuerdo 768 de 2019 y lo reglamentado por la Junta Administradora Local a través de los artículos [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64631#31), [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64631#75) y [80](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=64631#80) del acuerdo local 002 de 2016, se hace necesario realizar una modificación del proyecto de acuerdo local [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127598) de 2022 “ _por medio del cual se modifica el reglamento interno de la junta administradora local de Bosa y se deroga el acuerdo 002 de 2006”._ Que el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993- Estatuto Orgánico de Bogotá, prevé que, cuando existan asuntos prioritarios cuya deliberación no pueda tratarse en sesiones ordinarias, los alcaldes o alcaldesas locales pueden convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias por el tiempo que se señale y para ocuparse de los asuntos que se sometan a su consideración.

Que el Despacho considera necesario y oportuno convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Bosa, a efectos de aprobar la modificación al Acuerdo Local No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127598) de 2022.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Convocar a sesiones extraordinarias de la Junta Administradora Local de Bosa entre el y el de agosto de 2022, inclusive, a efectos que se debatan de forma exclusiva los siguientes temas: i) Discusión y aprobación de la modificación al Acuerdo Local No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127598) de 2022. Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de julio del año 2022.

LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS

Alcaldesa Local de Bosa

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