Jurismart

Decreto Local 010 de 2022

Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Suba

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2022
Fecha
19 de septiembre de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Suba
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

(Septiembre 19)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2022_

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el tercer inciso del artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, en relación de los traslados presupuestales señala: _“…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local._ Que, de conformidad con el numeral 3.9.1 del Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local, Traslado Presupuestal: _Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. (..) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, (..)._ Que según consta en la _Justificación Técnica, Económica y Financiera para Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de la Vigencia Fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Suba,_ se requiere hacer un traslado presupuestal al interior del agregado funcionamiento por valor de VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS MCTE ($27.500.000) con el fin de incorporarle recursos al rubro “ _O21202020080686312 Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)”_. Que, la Administración Local revisó los recursos con que cuenta el rubro “ _O21202020080484120 Servicios de telefonía fija_ ” a 31 de agosto de 2022, evidenciando la posibilidad de disponer de recursos que no se comprometerán en la presente vigencia, los cuales se pueden trasladar para el rubro que lo requiera.

Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, preceptúa: _(..) Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, se harán mediante decreto del Alcalde Local._ Que el parágrafo del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) ibidem señala: _Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de (…) Adquisición de servicios (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)_ En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 27.500.000 O21 | Gastos de Funcionamiento | 27.500.000 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 27.500.000 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 27.500.000 O2120202 | Adquisición de servicios | 27.500.000 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 27.500.000 O21202020080484120 | Servicios de telefonía fija | 27.500.000 TOTAL CONTRACRÉDITO | 27.500.000

Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | CRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 27.500.000 O21 | Gastos de Funcionamiento | 27.500.000 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 27.500.000 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 27.500.000 O2120202 | Adquisición de servicios | 27.500.000 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 27.500.000 O212020200806 | Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos | 27.500.000 O21202020080686312 | Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato) | 27.500.000 TOTAL CRÉDITO | 27.500.000 Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de septiembre del año 2022.

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

Alcalde Local de Suba

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar