Decreto Local 008 de 2022
Decreto Local 008 de 2022 Alcaldía Local de Kennedy
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 008
- Año
- 2022
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Kennedy
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 008 DE 2022
(Septiembre 27) _Por el cual se liquida la adición al presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, en cumplimiento del Acuerdo No.[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437)aprobado por la Junta Administradora Local, el 10 de abril de 2022_
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que efectuado el cierre presupuestal y fiscal de la vigencia 2021, el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy presentó excedentes financieros por valor de $1.271.323.688.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, mediante Circular N° 02 del 01 de marzo de 2022 y conforme a lo establecido en los artículos [37°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38) del Decreto Distrital 372 de 2010, comunicó la decisión tomada en su sesión N° 02 celebrada el 28 de febrero de 2022, correspondiendo al FDL de Kennedy la suma de $2.302.810.868.
Que la Secretaría Distrital de Planeación, mediante radicado N° 2-2022-23693 del 14 de marzo de 2022, emitió concepto previo favorable sobre la adición de excedentes financieros.
Que la Alcaldía Local presentó a través del radicado 20225821210071 de fecha 24 de marzo de 2022 y radicado el día 30 de marzo de 2022, para estudio y aprobación de la JAL el proyecto de acuerdo N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022,_“ Por el cual se incorporan los excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero del 2021 al Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy de la vigencia fiscal 2022”._ Que la Junta Administradora Local aprobó la adición de los excedentes financieros, mediante Acuerdo N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) del 10 de abril, a nivel de agregado de ingresos y gastos, previo proceso de sustentación y debate realizado, de conformidad con el literal [c.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.2.l.c) del numeral 2 del artículo 31 de Decreto 372 de 2010.
Que la Alcaldía Local objetó por ilegalidad el Acuerdo N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022, mediante orfeo 20225801395951 del 19 de abril de 2022, y radicado el 20 de abril de 2022, considerando que la JAL incluyó un parágrafo modificando la destinación específica de los recursos, a nivel de actividad a desarrollar, sin alterar los grandes agregados, ni los rubros presupuestales indicados por el CONFIS.
Que las objeciones presentadas contra el proyecto de Acuerdo N° [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022, se centraron en _“ (…) considerar que la Junta Administradora Local de Kennedy no contaba con la facultad para señalar los programas y proyectos a financiar con ocasión a la adición de los excedentes financieros al presupuesto general adoptado para el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy de la vigencia fiscal 2022, como quiera que la facultad para la liquidación del presupuesto, se encuentra en cabeza del Alcalde Local, tal como lo señala el artículo 19 del Decreto Distrital 372 de 2010 “por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - FDL.”_ Que, a pesar de las objeciones presentadas, la Junta Administradora Local no reconsideró las objeciones al Acuerdo N° [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) aprobado.
Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó las objeciones, mediante Auto Interlocutorio No. 2022-05-215 OBJ del 17 de mayo de 2022, _“(…) se rechazaron las objeciones presentadas al no haberse cumplido el trámite dispuesto por el artículo 194 de la Ley 136 de 1994”._ Que la Alcaldía Local instauró recurso de reposición contra el Auto Interlocutorio N° 2022-05-215 OBJ del 17 de mayo de 2022, mediante radicado 20225801597321 del 20 de mayo de 2022.
Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el 22 de junio de 2022, repone auto y decide admitir el estudio de las objeciones planteadas.
Que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca - Sección Primera - Subsección B, con Sentencia N° 2022-08-109 OBJ del 19 de agosto de 2022, falló declarando infundadas las objeciones de la Alcaldía Local al Acuerdo N° [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022, negando las objeciones presentadas por la Alcaldía local, toda vez que la Junta Administradora Local no alteró los grandes agregados, ni los rubros presupuestales indicados por el CONFIS. Que, en cumplimiento de la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, la Alcaldesa de Kennedy, el 24 de agosto de 2022 procede a la sanción del Acuerdo Local, conforme a lo establece el artículo [82](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#82) del trámite de las Objeciones, del Decreto Ley 1421 del 1993, _“(…) Sin embargo, si las objeciones hubieren sido por violación a la Constitución, a la ley, a otras normas nacionales aplicables, o a los acuerdos o a los decretos distritales, el proyecto será enviado por el alcalde al Tribunal Administrativo competente, acompañado de los documentos señalados en este decreto para el caso de objeciones a los acuerdos distritales.”_ Que una vez resueltas las objeciones por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, es necesario liquidar el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2022, correspondiente a la adición de los excedentes financieros asignados por el CONFIS, siguiendo los lineamientos establecidos en la sentencia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y de conformidad con el Acuerdo N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022, aprobado por la Junta Administradora Local de Kennedy. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Fijar la adición del Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy y el 31 de diciembre de 2022, en DOS MIL TRESCIENTOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/ para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero CTE ($2.302.810.868), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | | CONCEPTO | ADICIÓN ---|---|---|--- O1 | INGRESOS | | $2.302.810.868 O12 | RECURSOS DE CAPITAL | | $2.302.810.868 01202 | EXCEDENTES FINANCIEROS | | $2.302.810.868 0120203 | Fondos de Desarrollo Local | | $2.302.810.868 | TOTAL INGRESOS | | $2.302.810.868
Artículo 2. Fijar la adición al Presupuesto Anual de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en DOS MIL TRESCIENTOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS DIEZ MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($2.302.810.868), correspondiente a excedentes financieros, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | ADICIÓN ---|---|--- O2 | GASTOS | $2.302.810.868 O23 | INVERSIÓN | $2.302.810.868 02301 | DIRECTA | $2.302.810.868 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del siglo XXI | $2.302.810.868 023011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $238.149.513 02301160101 | Subsidios y transferencias para la equidad | $138.149.513 023011601010000002107 | Kennedy Solidaria | $138.149.513 02301160121 | Creación y vida cotidiana: Apropiación ciudadana del arte, la cultura y el patrimonio, para la democracia cultural | $100.000.000 023011601210000002054 | Kennedy Cultura en mi Barrio | $100.000.000 023011604 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | $2.064.661.355 02301160449 | Movilidad segura, sostenible y accesible | $2.064.661.355 023011604490000002118 | Kennedy con mejor movilidad | $2.064.661.355 TOTAL GASTOS | $2.302.810.868 Parágrafo 1. El cuál será distribuido de la siguiente manera:
PROYECTO | DESTINACIÓN | VALOR ---|---|--- Kennedy con mejor movilidad | Mantenimiento vial Juntos cuidando a Bogotá | $1.703.850.544 $360.810.811 Kennedy Cultura en mi Barrio | Actividades culturales navideñas para población infantil y tercera edad | $100.000.000 Kennedy Solidaria | Programa Parceros | $138.149.513 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4. Destinación. El Fondo de Desarrollo Local destinará el uso del recurso dentro del marco legal y los lineamientos establecidos por el CONFIS, de acuerdo con lo aprobado en el Acuerdo Local número [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127437) de 2022 por parte de la Junta Administradora Local.
Artículo 5. Publicación. Publíquese el presente decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 6. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=126959).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de septiembre del año 2022.
YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ
Alcaldesa Local de Kennedy
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