Resolución 1662 de 2022
Resolución 1662 de 2022 Caja de Vivienda Popular
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1662
- Año
- 2022
- Fecha
- 12 de septiembre de 2022
- Entidad
- Caja de Vivienda Popular
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1662 DE 2022
(Septiembre 12)
_Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Caja de la Vivienda Popular_
EL DIRECTOR GENERAL DE LA CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR,
en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 2°, Numerales 4 y 9 del Acuerdo 004 de 2008 del Consejo Directivo, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política, en su artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122) establece que “ _No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”._ Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004 “ _Por la cual se expiden normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones_ ” y el Decreto [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015, “ _Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública_ ”, consagran que las entidades deben expedir sus manuales específicos de funciones y competencias laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales, de los empleos que conforman la planta de personal.
Que el artículo [2.2.2.6.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.2.6.1) del Decreto 1083 de 2015, establece: _“(…) La adopción, adición, modificación o actualización del manual especifico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título_ ”.
Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31284#17) del Acuerdo No. 003 de 2008 y el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=31285#2)º del Acuerdo No. 004 de 2008 del Consejo Directivo de la Caja de la Vivienda Popular, establecen dentro de las funciones del Director General de la entidad, la de adoptar los manuales específicos de funciones y competencias laborales y la de asignar y distribuir las funciones entre los funcionarios de la Caja de la Vivienda Popular, para el cumplimiento de la misión institucional.
Que actualmente, el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para la planta permanente de empleos de la Caja de la Vivienda Popular, está contenido en las siguientes Resoluciones: \- Resolución 1124 de 2015 \- Resolución 1234 de 2015 \- Resolución 1937 de 2020 \- Resolución 3872 de 2020 Que mediante Acuerdo No. [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127860) del 17 de agosto de 2022 se creó la Oficina de Control Disciplinario Interno en la estructura organizacional de la Caja de la Vivienda Popular, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo [93](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82445#93) de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114647#14) de la Ley 2094 de 2021.
Que a través del Acuerdo del Consejo Directivo No. [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127881) expedido el 17 de agosto de 2022 se creó el empleo de Jefe de Oficina código 006 grado 01 - Control Disciplinario Interno de la planta global de la Caja de la Vivienda Popular.
Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante comunicación con radicado No. 2-2022-2105 fechado el 25 de julio de 2022, emitió concepto técnico favorable para la modificación del manual específico de funciones y competencias laborales de la Caja de la Vivienda Popular.
Que en cumplimiento a lo establecido en el Decreto No.[ 051](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73698) del 16 de enero de 2018, el 6 de septiembre de 2022, se socializó al Sindicato de Trabajadores de la Caja de la Vivienda Popular - SINTRACVP, la modificación del Manual de Funciones de que trata el presente acto administrativo.
Que el proyecto de modificación del manual de funciones de que trata el presente acto administrativo fue debidamente publicado en la página web de la Caja de la Vivienda Popular, desde el 1 hasta el 7 de septiembre de 2022, en cumplimiento de lo establecido por el Decreto No. [051](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73698) del 16 de enero de 2018.
Que en consecuencia se hace necesario modificar el manual específico de funciones y competencias laborales de la Caja de la Vivienda Popular, en atención a lo dispuesto en el artículo [225](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82445#225) de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo [39](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114647#39) de la Ley 2094 de 2021. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1**. Modificar el Manual Especifico de Funciones y Competencias Laborales para los siguientes empleos que hacen parte de la planta de personal de la Caja de la Vivienda Popular, así:
Artículo 2. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. Artículo 3. Comunicar el contenido de la presente resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD. Artículo 4. Comunicar el presente acto administrativo por intermedio de la Subdirección Administrativa, al Director General, Director Administrativo y Director Técnico Jurídico. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente las Resoluciones 1234 de 2015, y 1937 de 2020 y las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de septiembre del año 2022.
JUAN CARLOS LÓPEZ LÓPEZ
Director General
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