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Resolución 2022410005335 de 2022

Resolución 2022410005335 de 2022 Superintendencia de la Economía Solidaria

Tipo
Resolución
Número
2022410005335
Año
2022
Fecha
24 de agosto de 2022
Entidad
Superintendencia de la Economía Solidaria
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCION 2022410005335 DE 2022

(Agosto 24)

_Por la cual se conforma el Comité de Equidad de Género de la Superintendencia de la Economía Solidaria_

LA SUPERINTENDENTE DE LA ECONOMIA SOLIDARIA

En ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en los numerales 3 y 12 del artículo 5° del Decreto 186 de 2004, en el Decreto 1533 del 26 de noviembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que en el mes de noviembre de 2020 se adoptó la Política de Equidad de Género de la Superintendencia de la Economía Solidaria, con código PO-GITH-002, comprendiendo así la importancia de la diversidad y multiculturalidad, atendiendo el llamado del Gobierno Nacional a continuar con la efectiva aplicación de políticas orientadas a fortalecer la equidad de género en las diferentes instituciones del Estado. Que, en la Política de Equidad de Género, la Superintendencia de la Economía Solidaria se compromete a instaurar el Comité de Equidad de Género para la correcta implementación de las estrategias planteadas en la política y su seguimiento, compuesto por los siguientes funcionarios: 1.Un Referente de Género, que será un funcionario del Grupo de Talento Humano seleccionado por la alta Dirección. 2. Un representante del Superintendente. 3. Un representante de los servidores públicos elegido de los tres funcionarios que postulará la Secretaría General teniendo como referente las recomendaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Que por lo anterior mediante acta No. 021 del Comité Institucional de Gestión y desempeño se eligieron los funcionarios que conformarán el Comité de Equidad de Género de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°-. Conformar.** El Comité de Equidad de Género en los siguientes terminos: \- Un Referente de Género, que será la funcionaria del Grupo de Talento Humano Tatiana Margarita Piñeros Iturriago, Profesional Universitario Código 2044 Grado 09. \- Un representante del Superintendente, que será la funcionaria Jenny Marcela Bautista Hernández, Profesional Universitario Código 2044 Grado 09. \- Un representante de los servidores públicos, que será la funcionaria Martha Patricia Riveros Cubillos, Técnico Administrativo Código 3124 Grado 15.

Parágrafo. PRIMERO. El Representante nombrado como referente de género, ejercerá el papel de coordinador.

Parágrafo. SEGUNDO. Sus miembros serán nombrados para un período de dos (2) años, renovable por un período más. El Comité se reunirá ordinariamente cada seis (6) meses y extraordinariamente cada vez que sea necesario. ARTÍCULO 2°-. Funciones. El Comité de Equidad de Género, de conformidad con lo establecido en la política de equidad de género, tendrá las siguientes funciones: 1. Monitorear y hacer seguimiento al desarrollo y cumplimiento de la política de equidad de género. 2. Asegurarse de la difusión de la Política de equidad de género y de una adecuada capacitación a los colaboradores internos y grupos de interés de la Entidad. 3. Realizar un seguimiento a la aplicación y cumplimiento de las estrategias planteadas en la política de equidad de género. 4. Administrar la política de equidad de género. 5. Informar, por lo menos cada seis (6) meses al Comité Directivo sobre las tareas que le fueron encomendadas. 6. Darse su propio reglamento de operación. ARTÍCULO 3°-. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. **COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2022.

VIVIAN CAROLINA BARLIZA ILLIDGE Superintendente

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