Decreto Local 013 de 2022
Decreto Local 013 de 2022 Alcaldía Local de Puente Aranda
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2022
- Fecha
- 12 de agosto de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Puente Aranda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 013 DE 2022
(Agosto 12)
_Por el cual se convoca a los ciudadanos para conformar el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal_
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y
CONSIDERANDO:
Que la ley 2116 de 2021 en su artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559#11) modifica el artículo [86](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#86) del decreto ley 1421 de 1993 donde se establecen las atribuciones correspondientes a los alcaldes Locales y dentro de las cuales en su numeral [04](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#86.n.4) determina la posibilidad de “reglamentar los respectivos Acuerdos locales”.
Que se sancionó el acuerdo local [009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115342) de 2021 por medio del cual se modifican los artículos [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73522#5) y [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73522#6) del acuerdo local N° 002 de 2017, que crea el Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, y es necesario convocar a los colectivos interesados en la protección y el bienestar de los animales de la Localidad para que designen a sus representantes en dicha instancia.
Que el Decreto Local 003 de 2022 mediante una “Fe de Erratas” ajusta la sanción del Acuerdo Local [009](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115342)/21 con el propósito de poder proceder a la respectiva implementación.
Que el Artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115342#2) del Acuerdo Local 009 de 2021 modifica el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=73522#6) del Acuerdo 002 de 2017 quedando de la siguiente manera: _ARTÍCULO 6. PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN Y ELECCIÓN DE CONSEJEROS NO INSTITUCIONALES. Para la inscripción de cada uno de los representantes del sector no institucional se procederá de la siguiente manera:_ _Delegados representantes de organizaciones, asociaciones, fundaciones, colectivos o grupos que tengan relación con el sector de la Protección y Bienestar Animal deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, acta de reunión donde los integrantes conceden el aval y, certificación de residencia de quienes aprueban._ _Delegados líderes de la comunidad, que tengan relación con el sector de la protección y Bienestar Animal deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal y un documento con mínimo la firma de 20 personas que le respalden en su aspiración, certificando la residencia en la localidad de cada uno de quienes firman, a través de una certificación de residencia._ __ _Los estudiantes Universitarios deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, acompañado de certificación de la Institución donde cursa estudios y la certificación de residencia en la localidad._ __ _Los técnicos y tecnólogos deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, el título que los acredite como tal y la certificación de residencia en la localidad._ __ _Los estudiantes de bachillerato deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal, certificación de la Institución Educativa y la certificación de residencia en la localidad._ __ _El delegado de la Asociación de Juntas de la Localidad de Puente Aranda, presentara el oficio firmado por el presidente donde se le delega._ __ _Los Delegados de Propiedad Horizontal y /o Conjuntos Residenciales, deben presentar por escrito su intención de pertenecer al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal y, constancia firmada por el presidente del consejo de administración o administrador del conjunto o edificio donde residen._ __ _Las inscripciones deben realizarse ante la oficina de participación Local, o ante quien defina el Alcalde Local._ __ _Para la Elección de cada uno de los representantes del sector no institucional se procederá la inscripción de votantes de la siguiente manera:_ __ _Corresponde al Alcalde Local de Puente Aranda, realizar el proceso de convocatoria para la elección de los representantes no institucionales al consejo local de protección y bienestar animal._ __ _A través de los funcionarios correspondientes, es el Alcalde Local el responsable del proceso de inscripción y elección de los consejeros no institucionales, de la mesa local de protección y bienestar animal._ __ _El Alcalde Local determinará la fecha de elección; sea presencial o virtual, teniendo en cuenta las circunstancias de modo, tiempo y lugar_ __ _Se podrán inscribir personas mayores de 14 años._ __ _Cada persona se inscribirá, para un solo sector de los que hacen parte del consejo local de protección y bienestar animal, presentando el documento de identidad y, un recibo de servicios públicos como constancia de su residencia._ __ _Cada persona determinará libremente para que sector se inscribe._ __ _El Alcalde(sa) Local, establecerá los sitios de votación._ En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Convóquese al proceso de elección de las representaciones correspondientes a los sectores: _\- Organizaciones, asociaciones, fundaciones, colectivos o grupos que tengan relación con el sector de la Protección y Bienestar Animal._ __ _\- Líderes de la comunidad, que tengan relación con el sector de la protección y Bienestar Animal._ __ _\- Estudiantes Universitarios_ __ _\- Técnicos y tecnólogos_ __ _\- Estudiantes de bachillerato_ __ _\- Propiedad Horizontal y /o Conjuntos Residenciales_ Todos ellos, relacionados con la Protección y Bienestar Animal, para seleccionar a los delegados de cada una de ellas a fin de conformar los representantes al Consejo Local de Protección y Bienestar Animal de acuerdo con los parámetros y documentación descritos en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115342#6) del Acuerdo Local 009 de 2021.
Artículo 2.[Modificado por el art. 1, Decreto Local 014 de 2022.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127710#1)
_< El nuevo cronograma es el siguiente> _Modifíquese el cronograma Para el proceso de elección de los consejeros locales de protección y bienestar animal con las siguientes fechas: | ETAPA| FECHA| HORARIO Y LUGAR ---|---|--- Inscripciones| Hasta el 14 de septiembre de 2022| Lunes a viernes en el horario de 9:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 4:00 pm en la Alcaldía Local de Puente Aranda. Subsanación| 15 al 16 de septiembre de 2022| Alcaldía Local de Puente Aranda. Publicación listado oficial de candidatos| 16 de septiembre de 2022| Cartelera de la Alcaldía Local de Puente Aranda con apoyo de la página web y redes sociales de la Alcaldía Local. A las 5:00 pm Proceso de votación| 18 de septiembre de 2022| 9:00 am a 4:00 pm en la Alcaldía Local de Puente Aranda Publicación de representantes elegidos| 19 de septiembre de 2022| Cartelera de la Alcaldía Local de Puente Aranda con apoyo de la página web y redes sociales de la Alcaldía Local. A las 5:00 pm Instalación| 24 de septiembre de 2022| 9:00 am a 12:00 m en la Alcaldía Local de Puente Aranda.
_ _
_El texto original era el siguiente:_
___Para el proceso de elección de los consejeros locales de protección y bienestar animal, defínase el siguiente cronograma:_
_ETAPA_ __ | _FECHA_ __ | _HORARIO_ __ ---|---|--- _Inscripciones_ | _16 al 31 de agosto de 2022_ | _Lunes a viernes en el horario de 9:00 am a 12:00 m y de 1:00 pm a 4:00 pm_ _Subsanación_ | _01 al 05 de septiembre de 2022_ | _N/A_ _Publicación listado oficial de candidatos_ | _06 de septiembre de 2022_ | _N/A_ _Proceso de votación_ | _11 de septiembre de 2022_ | _9:00 am a 4:00 pm en la Alcaldía Local de Puente Aranda_ _Publicación de representantes_ | _12 y 13 de septiembre de 2022_ | _N/A_ _Instalación_ | _17 de septiembre de 2022_ | _9:00 am a 12:00 m en la Alcaldía Local de Puente Aranda_ Artículo 3. Defínase como elector del proceso a todo ciudadano mayor de 14 años validando su participación con el documento de identidad original y que resida o demuestre arraigo en la Localidad de Puente Aranda mediante copia de un recibo de servicio público (agua, luz, gas).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de agosto del año 2022.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda
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