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Resolución 2664 de 2022

Resolución 2664 de 2022 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Tipo
Resolución
Número
2664
Año
2022
Fecha
28 de abril de 2022
Entidad
Instituto de Desarrollo Urbano - IDU
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 2664 DE 2022 (Abril 28)

_Por la cual se adiciona el parágrafo[7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118367#5.p.7)al artículo 5º de la Resolución IDU-5984 de 2021_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 9 de la Ley 489 de 1998; 21 de la Ley 1150 de 2007, Acuerdo Distrital 19 de 1972 y artículo 30 del Acuerdo 01 de 2009 del Consejo Directivo del IDU y,

CONSIDERANDO:

Que en desarrollo del artículo 30 del Acuerdo 01 del Consejo Directivo del IDU y observando el cumplimiento de las facultades otorgadas por los artículos [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) de la CP, [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=304#12) de la Ley 80 de 1993, [9º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 y [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25678#21) de la Ley 1150 de 2007, este Despacho expidió la Resolución IDU-[5984](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118367) de 2021 _“Por la cual se delegan funciones y se dictan otras disposiciones”._ Que el artículo [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118367#5) de la citada Resolución se refirió a la delegación para la celebración de los contratos y convenios de naturaleza mixta, es decir, aquellos que dentro de su objeto incluyan las etapas de _“factibilidad y/o diseño”_ y _“construcción y/o mantenimiento”._ Que para la ejecución de dichos contratos, la ordenación del gasto se radicó en cabeza del Subdirector General de Desarrollo Urbano para la etapa de _“factibilidad y/o diseño”_; y en el Subdirector General de Infraestructura para la etapa de _“construcción y/o mantenimiento”_.

Que dentro de la dinámica propia de la ejecución de dichos contratos, es posible que estando en la etapa de _“construcción y/o mantenimiento”_ existan compromisos pendientes de pago correspondientes a la ejecución de la etapa de _“factibilidad y/o diseño”._ Que en mérito de lo expuesto este Despacho a fin de establecer claridad en las competencias de los Subdirectores Generales respecto de la ejecución de los contratos mixtos,

RESUELVE:

Artículo 1. Adicionar el Parágrafo [7º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118367#5.p.7) al artículo 5º de la Resolución IDU-5984 de 2021, en relación con la delegación para la celebración de los contratos y convenios de naturaleza mixta, en los siguientes términos: _“PARÁGRAFO 7º. Una vez el contrato cambie a la etapa de “construcción y mantenimiento”, el Subdirector General de Desarrollo Urbano” continuará con la ordenación del gasto y del pago de todos aquellos asuntos que estuviesen pendientes al momento del cambio, relacionados con la ejecución de las actividades de la etapa de “factibilidad y/o diseño”. Estas condiciones aplican de la misma forma a los compromisos surgidos en el contrato de interventoría”._ Artículo 2. Esta Resolución deberá ser notificada a la Subdirección Técnica de Presupuesto y Contabilidad por intermedio de la Subdirección General de Gestión Corporativa, a efecto de que realicen los ajustes y cambios operativos necesarios para el trámite presupuestal. Artículo 3. La presente Resolución entrará a regir a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=123047) en el Registro Distrital y modifica el artículo [5º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118367#5) de la Resolución IDU-5984 de 2021. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de abril del año 2022.

DIEGO SANCHEZ FONSECA

Director General

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