Resolución 013 de 2022
Resolución 013 de 2022 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 013
- Año
- 2022
- Fecha
- 27 de agosto de 2022
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 013 DE 2022
(Agosto 27)
_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2022 de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Centro Oriente E.S.E._
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, los artículos 3° y 10° del Decreto Distrital 191 de 2021, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494) de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital.
Que como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#3) del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo [25°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494#25) del Acuerdo No. 17 de 1997, en el Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778) de 2021.
Que según lo establecido en el acuerdo Distrital [641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686) de 2016 _“por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el acuerdo[257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006 y se expiden otras disposiciones”_, se reorganizó el sector salud y se fusionan las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal [e)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.e) del artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo [3°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3) del Decreto Distrital 191 de 2021, _“(…) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto (…)_ Así mismo, el mencionado artículo indica que _“(…) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud.”_ Que de acuerdo con el numeral 4 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal, CONFIS, aprobado en sesión No. 01 del 31 de enero de 2020 las decisiones del CONFIS se notificarán _“Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas industriales y Comerciales del Distrito Capital y la Empresas Sociales del Estado”_ Que el CONFIS mediante Resolución No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118237) del 29 de octubre del 2021, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud – SISS Empresas Sociales del Estado - E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre del año 2022.
Que la SISS Centro Oriente E.S.E. requiere efectuar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2022 por un valor total de $15.538.000.000 con el fin de garantizar la prestación de los servicios de cirugía, urgencias, hospitalización, consulta externa, laboratorio, distribuyendo en el Presupuesto de Gastos e Inversiones la suma de $2.625.000.000 en el rubro Funcionamiento y los restantes $12.913.000.000 en el rubro Gastos de Operación Comercial.
Que las apropiaciones a adicionar provienen de un mayor recaudo esperado por venta de servicios y cuentas por cobrar al cierre de la vigencia 2022, según las proyecciones de ingreso efectuadas por las SISS Centro Oriente E.S.E., por lo que deberán adicionarse en el rubro Ingresos Corrientes del Presupuesto de Rentas e Ingresos.
Que el CONFIS Distrital en Sesión No 15 del 08 de agosto de 2022, no emitió aprobación a la adición presentada por la SISS Centro Oriente E.S.E. por $15.538.000.000, considerando el análisis efectuado por la Secretaría Distrital de Hacienda, que determinó “un bajo nivel de ingreso en el recaudo por venta de servicios en 2022 y la no certeza de recaudo de los recursos de cuentas por pagar certificados por los pagadores de la SISS Centro Oriente”.
Que la Secretaría Distrital de Salud, de acuerdo con la determinación del CONFIS Distrital en sesión No. 15 de 2022, radicó ante la Secretaría Técnica del CONFIS y ante la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, alcance a la solicitud de adición de recursos por $15.538.000.000, adjuntando certificaciones de recursos a ser girados por el Fondo Financiero Distrital de Salud - FFDS y la Empresa Capital Salud EPS-S a la SISS Centro Oriente E.S.E, que respaldan las apropiaciones que requieren ser adicionadas en los gastos de Funcionamiento por $2.625.000.000 y Operación Comercial por $12.913.000.000.
Que la Secretaría Distrital de Salud presentó y recomendó al CONFIS Distrital en sesión No.17 del 27 de agosto de 2022, la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2022 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $15.538.000.000, según alcance citado en precedencia, conforme al siguiente detalle y rubro presupuestal:
Que el CONFIS Distrital, en sesión No. 17 del 27 de agosto de 2022, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e inversiones 2022 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por valor de $15.538.000.000, considerando las recomendaciones de las Secretarías Distritales de Salud y Hacienda, según análisis efectuado con las certificaciones de recursos citadas en precedencia y que respaldan las apropiaciones a adicionar en gastos de Funcionamiento y Operación Comercial.
Que en la sesión No.17 del CONFIS Distrital, que se llevó a cabo el 27 de agosto de 2022, se designó como Secretario Técnico Ad-Hoc de la sesión al Doctor Juan Mauricio Ramírez Cortés, Secretario Distrital de Hacienda. Lo anterior, dada la ausencia justificada de la Doctora María Mercedes Jaramillo Garcés, Secretaria Técnica del CONFIS de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas, es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud – SISS Centro Oriente E.S.E
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2022 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E., por valor de $15.538.000.000, conforme al siguiente detalle: El CONFIS Distrital solicita a la SISS Centro Oriente E.S.E. la optimización de los gastos de Operación y Funcionamiento consecuentes con el recaudo percibido, al igual que mejorar la gestión de la cartera con el fin de elevar su recaudo y aumentar el flujo de caja. Artículo 2. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127417) en el Registro Distrital. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de agosto del año 2022.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Técnico de CONFIS Ad-Hoc
Secretario Distrital de Hacienda
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