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Decreto Local 009 de 2022

Decreto Local 009 de 2022 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
009
Año
2022
Fecha
11 de agosto de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Chapinero
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 009 DE 2022

(Agosto 11)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2022_

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) del 30 de agosto de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.” en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), establece las Modificaciones Presupuestales e indica que _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”_ …. _“Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”._ Que, el Acuerdo Local No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645) del 2020 _“Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para la localidad de Chapinero 2021-2024"_, establece en los objetivos del propósito [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645#P.4). Construir, mantener y rehabilitar la malla vial local e intermedia urbana y/o rural armónicamente con el espacio público, vehicular, ciclo de infraestructura y transporte masivo que contribuya al mejoramiento de la calidad de vida de la movilidad de los habitantes de la localidad de Chapinero fortaleciendo la interacción interna de los barrios, unidades de planteamiento zonal y rural, además de mantener condiciones de seguridad, comodidad y sostenibilidad integradas con el equipamiento de carácter público. Y en el artículo [58](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645#58) el programa Movilidad segura, sostenible y accesible, en el que se contempla el _“Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural_ ”, este concepto de gasto tiene como una de sus metas plurianuales la intervención de 2 kilómetros carril de malla vial rural con acciones de construcción y/o conservación. Que, el Acuerdo Local No. [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645) del 2020, contempla en los objetivos del propósito [5.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645#P.5) Fortalecer la gestión institucional de la Alcaldía de Chapinero, para promover la gobernabilidad democrática local mediante procesos de planeación para el desarrollo local que permitan generar condiciones de gobernanza y de fortalecimiento de la capacidad institucional, para garantizar la entrega oportuna de bienes y servicios a la ciudadanía, disponiendo canales de atención ciudadana las 24 horas y articular con las diferentes entidades distritales, las acciones de mejoramiento de los procesos administrativos y de IVC (Inspección, Vigilancia y Control) del área de gestión policiva de la Alcaldía Local de Chapinero para su descongestión y pronta intervención. Y en el artículo [61](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=100645#61) el programa Transformación digital y gestión de TIC para un territorio inteligente en donde se contemplan el _“Fortalecimiento institucional”_ y la _“Inspección, vigilancia y control_ ”. Estos conceptos de gasto tienen como meta realizar una estrategia de fortalecimiento institucional y una acción de inspección, vigilancia y control respectivamente.

Que mediante oficio No. 2-2022-99053 del 27 de julio de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas contempladas en el Plan de Desarrollo Local.

Que mediante oficio No. 2022EE352817O1 del 11 de agosto de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de favorable considerando que el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2022, por valor de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($644.392.247). CONTRACRÉDITOS Que, en consideración a lo expuesto, el Fondo de Desarrollo Local de CHAPINERO, en el rubro presupuestal O23011602330000001723 _“Chapinero espacio para hábitos saludables”_ una vez cumplida su meta plurianual y surtidas las asignaciones y proyecciones presupuestales correspondientes de los recursos de la vigencia 2022, presenta un saldo de apropiación libre de afectación por valor de SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($644.392.247) según consta en la ejecución presupuestal a 30 de junio de 2022, el cual puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros. CRÉDITOS Que dichos recursos se requieren para los proyectos de inversión directa así: El rubro presupuestal O23011604490000001734 _“Chapinero modelo de movilidad inteligente”_ por valor de CIENTO NOVENTA MILLONES DE PESOS M/ CTE ($190.000.000) con el fin de adicionar recursos al contrato de obra pública No. 304 de 2021 que ejecuta la meta de “Intervenir 2 KM Carril de Malla Vial Rural con acciones de construcción y/o conservación” de la vigencia 2021. El rubro presupuestal O23011605570000001741 _“Chapinero ejemplo de gobierno abierto y transparencia local”_ por un valor de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($234.392.247) con el propósito de consolidar la meta de “realizar estrategias de fortalecimiento institucional” para la vigencia 2022. El rubro presupuestal O23011605570000001841 _“Fortalecimiento del ejercicio de Inspección, Vigilancia y Control en Chapinero”_ por un valor de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS M/ CTE ($220.000.000) con el objetivo de consolidar y dar cumplimiento a la meta de “realizar acciones de inspección, vigilancia y control” de la vigencia 2022. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2022, de conformidad al siguiente detalle: Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2022, de conformidad al siguiente detalle: Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127177). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de agosto del año 2022.

ÓSCAR YESID RAMOS CALDERÓN

Alcalde Local de Chapinero

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