Circular Externa 014 de 2022
Circular Externa 014 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social
- Tipo
- Circular Externa
- Número
- 014
- Año
- 2022
- Fecha
- 9 de marzo de 2022
- Entidad
- Ministerio de Salud y Protección Social
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR EXTERNA 014 DE 2022
(Marzo 09) PARA: DIRECCIONES DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES DE SALUD O QUIEN HAGA SUS VECES, GERENTES DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, PÚBLICAS Y PRIVADAS.
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ASUNTO: Declaración de alerta verde hospitalaria - Elecciones del Congreso de la República, consultas interpartidistas y Presidente de la República. Con el propósito de garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud y responder de manera oportuna ante situaciones de urgencia o emergencia, el Ministerio de Salud y Protección Social declara ALERTA VERDE para la red hospitalaria en todo el territorio nacional, así: Para las elecciones del Congreso de la República y consultas interpartidistas: a partir de las 18:00 horas del sábado 12 de marzo de 2022, hasta las 06:00 horas del lunes 14 de marzo de 2022. Para las elecciones presidenciales: a partir de las 18:00 horas del sábado 28 de mayo de 2022, hasta las 06:00 horas del lunes 30 de mayo de 2022. En caso de presentarse una segunda vuelta, la alerta seré a partir de las 18:00 horas del sábado 18 de junio de 2022 hasta las 06:00 horas del lunes 20 de junio de 2022 En consecuencia, se imparten las siguientes INSTRUCCIONES: 1. La red hospitalaria, pública y privada, debe activar sus planes hospitalarios de emergencia y contingencia. 2. Los Centros Reguladores de Urgencias, Emergencias y Desastres, CRUE, o quien cumpla estas funciones en cada entidad territorial, deberán verificar las 24 horas del día y durante el tiempo que dure la alerta hospitalaria, la operatividad de los sistemas de referencia y contrarreferencia y apoyar la coordinación de la prestación de los servicios de salud en su área de influencia en caso de presentarse alguna contingencia. 3. Se recuerda a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas y privadas, que la atención de urgencias es de carácter obligatorio, de acuerdo con lo establecido en los artículos [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3421#2)° de la Ley 10 de 1990, [168](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5248#168) de la Ley 100 de 1993, [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4452#67) de la Ley 715 de 2001, [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22600#20) de la Ley 1122 de 2007, [67](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355#67) de la Ley 1438 de 2011, 10° literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60733#10.l.b) y [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=60733#14)° de la Ley 1751 de 2015. 4. Durante la declaratoria de alerta verde, se solicita a las Entidades Territoriales el envío de dos (2) reportes diarios de la situación, así: 09:00 horas y a las 15:00 horas. En caso de presentarse alguna situación de emergencia o desastre, se deberá reportar de manera inmediata al Ministerio. 5. Los reportes deben ser remitidos a la central de radiocomunicaciones del Ministerio de Salud y Protección Social, Oficina de Gestión Territorial, Emergencias y Desastres, a través de los siguientes números telefónicos: (601) 3305071 y (601) 3305000 ext. 1723, vía radio en la frecuencia de HF: 9.351 KHz, o a través de correo electrónico: [emergencias@minsalud.gov.co](mailto:emergencias@minsalud.gov.co) PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C. a los 09 días del mes de marzo del año 2022.
FERNANDO RUÍZ GÓMEZ
MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
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