Decreto Local 008 de 2022
Decreto Local 008 de 2022 Alcaldía Local de Suba
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 008
- Año
- 2022
- Fecha
- 23 de junio de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Suba
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 008 DE 2022
(Junio 23)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba para la vigencia fiscal 2022_
EL ALCALDE LOCAL DE SUBA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el inciso [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1.i.2) del numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, en relación de los traslados presupuestales señala _. (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación_.
Que el numeral 3.9.1. del Manual Operativo Presupuestal Fondos de Desarrollo Local-FDL, en relación al Traslado Presupuestal señala: _Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión._ Que en cuanto a los recursos liberados de obligaciones por pagar, el párrafo [cuarto](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41960#1.n.1.p.4) del numeral 1.1 de la Circular 009 del 22 de marzo de 2011, emitida por la Secretaria Distrital de Hacienda y la Secretaría Distrital de Gobierno establece que: _“…, los recursos liberados podrán ser destinados a la financiación de los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI-……”._ Que, dentro del proceso de Depuración de Obligaciones por Pagar realizado durante la presente vigencia con la asesoría y apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno, la Administración Local mediante Acta de Anulación de Saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Suba No. 1 del 28 de febrero, se liberaron saldos de Obligaciones por Pagar por un valor de $2.553.426.013; recursos disponibles para reinvertirlos en los proyectos de inversión del Plan Operativo Anual de Inversiones –POAI.
Que se hace necesario efectuar un traslado presupuestal con el fin de fortalecer la disponibilidad de recursos en el rubro presupuestal O23011604490000001999 _“Mejor Infraestructura para la Movilidad en Suba”_ con $2.500.000.000.
Que mediante oficio No. 2-2022-51196 del 11 de mayo de 2022, la Subsecretaría de Planeación de la Inversión de la Secretaría de Planeación Distrital, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2022 por valor total de $ 2.500.000.000.
Que mediante oficio No. 2020EE260957O1 del 22 de junio de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2022 por valor de $2.500.000.000. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | CONTRACRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 2.500.000.000 O23 | INVERSIÓN | 2.500.000.000 O2306 | Obligaciones por Pagar | 2.500.000.000 | O230690 | Obligaciones por pagar vigencias anteriores | 2.500.000.000 | | TOTAL CONTRACREDITO | 2.500.000.000 |
Artículo 2. Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
CÓDIGO | NOMBRE | CRÉDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 2.500.000.000 O23 | INVERSIÓN | 2.500.000.000 O2301 | DIRECTA | 2.500.000.000 O230116 | Un nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 2.500.000.000 O23011604 | Propósito 4:Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | 2.500.000.000 O2301160449 | Movilidad segura, sostenible y accesible | 2.500.000.000 O23011604490000001999 | Mejor Infraestructura para la Movilidad en Suba | 2.500.000.000 | TOTAL CREDITO | 2.500.000.000 Artículo 3. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C, a los 23 días del mes de junio del año 2022.
JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN
Alcalde Local de Suba
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