Resolución 155 de 2022
Resolución 155 de 2022 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Resolución
- Número
- 155
- Año
- 2022
- Fecha
- 15 de julio de 2022
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 155 DE 2022
(Julio 15) __ _Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2022_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
## En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 4 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y el literal c) del Artículo 4 del Acuerdo 008 de 2016 de la Junta Directiva del IDT y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital del Turismo “ _aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto,_así como las modificaciones que se hagan a los mismos,_ de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema _y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento_ ” _(negrilla y subrayado fuera de texto.) Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “ _las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos_ ”. Que, mediante Acuerdo 002 de fecha 31 de marzo de 2017, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al/a la Director(a) General a efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de inversión, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 400 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2022, la autorización es hasta CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M. CTE. ($400.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.
Que el Instituto Distrital de Turismo requiere efectuar un traslado presupuestal en gastos de Inversión por valor de TRESCIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS MCTE ($316.411.085), fundamentado en la necesidad de dar cumplimiento a las metas del proyecto 7709 “ _Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá_ ”, el cual tiene dentro de sus metas _“Proveer el 100% del recurso humano requerido para apoyar la gestión de las áreas transversales del IDT_ ”. A través de esta meta, se provee el recurso humano del nivel profesional, técnico y asistencial, para apoyar los procesos de Direccionamiento Estratégico, Gestión Jurídica y contractual, Comunicaciones, Talento Humano, Gestión Financiera, Gestión de Bienes y Servicios, Atención al Ciudadano, Gestión Documental, Control Interno Disciplinario y Evaluación Institucional. Lo anterior considerando que la planta de personal de entidad no cuenta personal suficiente para cumplir sus funciones, haciendo necesario contratar recurso humano, a través de prestación de servicios, para atender las responsabilidades asignadas al Instituto, en el desarrollo de los planes, programas y proyectos derivados de su planeación estratégica Que el traslado presupuestal consiste en contracreditar los proyectos de inversión O23011601260000007705 Fortalecimiento del sistema turístico de Bogotá Región para responder a las principales tendencias, oportunidades y cambios que inciden en el sector, en Bogotá, por valor de doscientos sesenta y siete millones seiscientos sesenta y ocho mil pesos mcte. ($267.668.000); proyecto O23011601260000007706 Implementación de estrategias de mercadeo y promoción para el sector turístico de la ciudad de Bogotá, por valor de veinte millones novecientos treinta y nueve mil trescientos sesenta y cinco pesos mcte. ($20.939.365); proyecto O23011605540000007708 Desarrollo de las herramientas tecnológicas de promoción e información turística de Bogotá, por valor de veintisiete millones ochocientos tres mil setecientos veinte pesos mcte. ($27.803.720); para acreditar el proyecto O23011605560000007709 Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá por valor de trescientos dieciséis millones cuatrocientos once mil ochenta y cinco pesos mcte ($316.411.085).
Que, mediante comunicación No. 2-2022-79702 del 23 de junio de 2022, la Subsecretaría de Planeación de Inversión de la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS MCTE ($316.411.085) Que, mediante comunicación No. 2022EE315984O1 del 15 de julio de 2022, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Inversión, consistente en un traslado presupuestal por valor de TRESCIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS MCTE ($316.411.085), fundamentado en la necesidad de garantizar el recurso humano del proyecto 7709 _“Mejoramiento y fortalecimiento de la capacidad institucional del Instituto Distrital de Turismo de Bogotá”_. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Inversión en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de TRESCIENTOS DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHENTA Y CINCO PESOS MCTE ($316.411.085) Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes. Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de julio del año 2022. KAROL FAJARDO MARIÑO
Directora General
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