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Decreto Local 010 de 2022

Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Santa Fe

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2022
Fecha
1 de agosto de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Santa Fe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

(Agosto 01) __ **_Por medio del cual se efectúa un Traslado_

_Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del_ _Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia fiscal 2022_**

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda \- Dirección Distrital de Presupuesto. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

Que de conformidad con el artículo [10°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021 _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante Resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ __ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación”_ _ _ Que teniendo en cuenta las Actas de Liberación de Saldos expedidas por parte del área de Presupuesto, a través de la cual el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe dispone de un saldo a favor por un valor TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS UN MIL SETECIENTOS DOS PESOS M/CTE ($394.701.702) de Obligaciones por Pagar Vigencia Anteriores, luego de la liquidación y/o liberación de contratos, de los cuales se solicita traslado presupuestal de lo descrito al proyecto 2105 _“Gestión Pública Local en Santa Fe”_.

Que en la Resolución No. SDH – [000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948#0) del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

Que se debe realizar un traslado en el presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe para la vigencia 2022, de las liberaciones de Obligaciones por pagar de vigencia 2021 y vigencias anteriores, con el fin de financiar el proyecto 2105 _“Gestión pública local en Santa Fe”, en cumplimiento a la Resolución SDH-000191 de 2017 \- Artículo 2° “El presente Manual Operativo Presupuestal rige para: Fondos de Desarrollo Local – FDL”, expedido por la Secretaria Distrital de Hacienda, que enuncia en el numeral 3.9.1. “Traslado Presupuestal; Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales”, y en el capítulo 3.6. “Obligaciones por Pagar, Los saldos liberados pueden ser trasladados a los proyectos de inversión de la vigencia para la adquisición de nuevos compromisos”._ Que de esta manera, dentro del marco de acción previsto se hace apremiante realizar el traslado presupuestal de los rubros de obligaciones por pagar 2021 y vigencias anteriores por un valor de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS UN MIL SETECIENTOS DOS PESOS M/CTE ($394.701.702), al proyecto 2105 _“Gestión pública local en Santa Fe”_ para que durante la vigencia fiscal en curso se puedan dar continuidad a las diferentes actividades propias del Fondo sin afectar la prestación de servicios de la alcaldía local. El proyecto de inversión 2105 _“Gestión pública local en Santa Fe”,_ recibirá los recursos en la meta _“Realizar 4 estrategias de fortalecimiento institucional_ ”; con el fin de que se pueda llevar a cabo la contratación del personal suficiente para el desarrollo de las acciones necesarias en pro de la adecuada provisión de servicios que son competencia de la Alcaldía, entre otros procesos que aportan el fortalecimiento local, tales como: adquisición y renovación de parque automotor (camión y van), adecuación de bici parqueaderos, adecuación de la sala amiga de la familia lactante, adecuación de la casa de las inspecciones de policía, contratación de la prestación de servicio de medición posterior de los bienes muebles e inmuebles de la Alcaldía Local. Que, de acuerdo con lo anterior, el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe requiere tramitar una modificación al presupuesto anual de inversión de la vigencia comprendida entre el 1 de enero y 31 de diciembre del año 2022 consistente en un traslado presupuestal.

Que mediante comunicación No. 2-2022-94970 del 21 de julio de 2022, la Secretaria Distrital de Planeación. Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local SDP, emitió concepto previo favorable.

Que mediante comunicación No. 20225320526181 del 22 de julio de 2022 se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto. Con oficio No. 2022EE341663O1 del 29 de julio de 2022 la Directora Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del F.D.L. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle: | | 0003-01-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE | ---|---|--- | CONTRACREDITO | CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT O2 | GASTOS | $394.701.702 O23 | INVERSION | $394.701.702 O2306 | OBLIGACIONES POR PAGAR | $23.251.247 O230616 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $23.251.247 O23061601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | $10.076.000 O2306160101 | Subsidios y transferencias para la equidad | $7.260.000 O23061601010000002081 | Santa Fe activo con el envejecimiento, cuidador e incluyente | $7.260.000 O2306160124 | Bogotá región emprendedora e innovadora | $2.816.000 O23061601240000002123 | Santa Fe región emprendedora e innovadora | $2.816.000 O23061602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | $2.312.000 O2306160227 | Cambio cultural para la gestión de la crisis climática | $2.312.000 O23061602270000002122 | Cambio cultural en Santa fe para la gestión de la crisis climática | $2.312.000 O23061605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $10.863.247 O2306160557 | Gestión Pública Local | $10.863.247 O23061605570000001822 | Santa Fe abierta y transparente | $8.310.714 O23061605570000002105 | Gestión publica local en Santa Fe | $2.552.533 O230690 | Obligaciones por pagar Inversión vigencias anteriores | $371.450.455 | TOTAL CONTRACREDITOS | $394.701.702**

Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe, conforme al siguiente detalle:

| 0003-01-FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE SANTA FE | ---|---|--- | CRÉDITO | CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) MCT O2 | GASTOS | $394.701.702 O23 | INVERSION | $394.701.702 O2301 | DIRECTA | $394.701.702 O230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $394.701.702 O23011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $394.701.702 O2301160557 | Gestión Pública Local | $394.701.702 O23011605570000002105 | Gestión pública local en Santa Fe | $394.701.702 | TOTAL CRÉDITOS | $394.701.702 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C. al 01 día del mes de agosto del año 2022.

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

Alcalde Local de Santafe (E)

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