Resolución 156 de 2022
Resolución 156 de 2022 Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Tipo
- Resolución
- Número
- 156
- Año
- 2022
- Fecha
- 15 de julio de 2022
- Entidad
- Instituto Distrital de Turismo - IDT
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 156 DE 2022
(Julio 15)
_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2022_
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 4 Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Decreto Distrital 192 de 2021, los Acuerdo 001 de 2007, 006 y 008 de 2016 y 006 de 2019 de la Junta Directiva del IDT y demás normas legales, estatutarias y reglamentarias,
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 del Concejo de Bogotá, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “ _las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos_ ”. Que, mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autorizó al/a la Director(a) General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2022, la autorización es hasta DOSCIENTOS DOS MILLONES DE PESOS M.CTE. ($202.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, mediante comunicación No. 2021EE315977O1 del 15 de julio de 2022 la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DOCIENTOS UN MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($201.406.269). Que, de conformidad con el literal [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016, expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DOCIENTOS UN MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($201.406.269), fundamentado en la necesidad de cubrir el pago de la indemnización por vacaciones de la liquidación de prestación de prestaciones sociales del ex funcionario Andrés Orlando Clavijo Rangel, quien trabajó en la Entidad hasta el día 1 de junio de 2022, como Subdirector Técnico de la Subdirección de Gestión de Destino del Instituto Distrital de Turismo - IDT y para cubrir el pago de las obligaciones laborales de la presente vigencia de los funcionarios de planta del Instituto Distrital de Turismo - IDT. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DOCIENTOS UN MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($201.406.269). Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes. Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C., a los 15 días del mes de julio del año 2022. KAROL FAJARDO MARIÑO
Director General
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