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Ley 2267 de 2022

Ley 2267 de 2022 Congreso de la República de Colombia

Tipo
Ley
Número
2267
Año
2022
Fecha
28 de julio de 2022
Entidad
Congreso de la República de Colombia
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

LEY 2267 DE 2022

(Julio 28)

_Por medio de la cual se modifica la ley 3ra de 1992, modificada por la ley 754 de 2002 y por la ley[1921](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79777)de 2018; y se, dictan otras disposiciones_ __ EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

Artículo 1°. Adiciónese un parágrafo transitorio al artículo 2 de la Ley 3 de 1992 modificado por la Ley 754 de 2002 y la Ley [1921](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=79777) de 2018, el cual quedará así: _Parágrafo Transitorio 3_ _. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Acto Legislativo No. 02 de 2021, la Cámara de Representantes tendrá 16 representantes adicionales para los periodos constitucionales 2022-2026 y 2026-2030, que se distribuirán sumando dos (2) miembros en cada en cada una de las 7 Comisiones Permanentes, y uno adicional en las comisiones Primera y Quinta._ __ _Durante los cuatrienios 2022-2026 y 2026-2030, la Comisión de Derechos Humanos y Audiencias, la Comisión de Ética y Estatuto del Congresista, la Comisión para la Equidad de la Mujer, la Comisión Legal de Cuentas y de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, estarán compuestas por dos miembros adicionales a lo establecido en la Ley 5 de 1992._ Artículo 2°. Durante los cuatrienios 2022-2026 y 2026-2030, las comisiones especiales tendrán dos miembros adicionales a los establecidos en la Ley [5](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11368) de 1992. Artículo 3°. Solo para la conformación de Comisiones Constitucionales Permanentes, las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes, actuarán como una bancada. Artículo 4°. Vigencia. La presente ley rige a partir de la fecha de su sanción y publicación en el Diario Oficial. EL PRESIDENTE DEL HONORABLE SENADO DE LA REPÚBLICA

ROY LEONARDO BARRERAS MONTEALEGRE

EL SECRETARIO GENERAL DEL HONORABLE SENADO DE LA REPUBLICA

DAVID RICARDO RACERO MAYORCA

EL SECRETARIO GENERAL DE LA HONORABLE CÁMARA DE REPRESENTANTES

JAIME LUIS LACOUTURE PEÑALOZA

REPÚBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 28 días del mes de julio del año 2022.

IVAN DUQUE MARQUEZ

EL MINISTRO DEL INTERIOR,

DANIEL ANDRES PALACIOS MARTÍNEZ Nota: Ver norma original en Anexos.

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