Decreto Local 012 de 2022
Decreto Local 012 de 2022 Alcaldía Local de Engativá
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 012
- Año
- 2022
- Fecha
- 21 de julio de 2022
- Entidad
- Alcaldía Local de Engativá
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 012 DE 2022
(Julio 21) __ _Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Engativá para la vigencia fiscal 2022_
LA ALCALDESA LOCAL DE ENGATIVÁ
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que confiere al artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el artículo 10 del Decreto 192 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, estipula sobre las Modificaciones Presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _1. Traslado Presupuestal:__Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación” (…)._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 del 2 de junio de 2021, determina las _“Modificaciones al anexo del decreto de liquidación.__Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretarla Distrital de Planeación”._ Que la Alcaldía Local de Engativá durante la presente vigencia fiscal en el proceso de seguimiento y depuración de las Obligaciones por Pagar se ha liberado saldos a favor del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, según Acta de Liberación de Saldos No. 3 y 4 del 10 y 13 de junio de 2022, por un valor total de $41.181.095, de los rubros presupuestales de Gastos de Funcionamiento, así: OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO:_“O219001 \- Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior” el valor de $3.403.328 y el “O219002 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias”_ por la suma de $37.777.767.
Que revisada la Ejecución Presupuestal de la vigencia 2022, con corte al 31 de mayo, se encuentra que los siguientes rubros presupuestales del Fondo de Desarrollo Local de Engativá cuenta con saldos disponibles, así: “ _O2120201003023212801 \- Papel bond”_ por valor _de_$4.015.840, _“O2120201003053544203 \- Mezclas químicas para extintores”_ por la suma de $4.707.170, _“O219001 \- Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior”_ el valor de $3.403.328 __ y el _“O219002 - Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias”_ por la suma de $37.777.767, por tal razón es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contracréditos ascienden a un valor total de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE. Que la Administración Local requiere aumentar la apropiación presupuestal en los siguientes rubros presupuestales _“O21202020080686312 - Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)”_ por valor de _$30.766.780_,___“O21202020080686330 - Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)”_ por la suma de _$2.824.959_, y _“O21202020090494110 - Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales”_ por la suma de _$3.352.640_, de acuerdo a la proyección realizada estos servicios públicos se encuentran deficitarios para asumir los compromisos hasta finalizar la presente vigencia. Al igual que los rubros _“O21202020060363399 - Otros servicios de suministro de comidas”_ por un valor de _$8.793.056_, para realizar una adición a la orden de compra 86602 de 2022, con el fin cubrir el servicio de aseo y cafetería durante toda la vigencia 2022, toda vez que actualmente su fecha de terminación es el 22 de noviembre de 2022, “ _O21202020080282130 \- Servicios de documentación y certificación jurídica”_ por la suma de _$666.670_, debido al proceso que se está llevando a cabo por parte de la Secretaría de Distrital Gobierno, con todos los Fondos de Desarrollo Local -FDL, donde se está consolidando un lote de vehículos para chatarrizar, que, fueron comprados por los Fondos y entregados en calidad de transferencias definitivas a otras entidades como las sub redes y Fondo de vigilancia y seguridad, que hoy día es la Secretaría de Seguridad, convivencia y justicia, entre otras entidades y que a la fecha en su titularidad de las tarjetas de propiedad no aparecen las entidades en mención, si no que aparecen como propietarios los FDL, para llevar a cabo la chatarrización de estos bienes, se debe realizar un pago a la DIJIN, que corresponde a la certificación técnica en identificación de automotores siendo este un valor de dos (2) días de SMLV que corresponde a $66.667 por cada vehículo, por lo antes descrito, se solicitará el pago de este certificado técnico a la DIJIN, para un total de diez (10) vehículos, de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, con el fin de chatarrizar y contribuir a la depuración del parque automotor,_““O2120202008078715701 - Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores”_ _por valor de_ _$3.500.000,_ con el fin de realizar la contratación del servicio de mantenimiento del ascensor para la vigencia 2022, toda vez que según el estudio de mercados realizado, este tiene un valor anual de _$10.000.000_ y el rubro solo cuenta con una disponibilidad de $6.500.00, se encuentra deficitario para asumir el compromiso en la presente vigencia, es así como se acreditará o adicionará este rubro por la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE. Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución de los anteriores rubros, requiere la suma de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE. Que se solicitó concepto favorable a la Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 20226020588931 del 05 de julio de 2022 para efectuar traslado presupuestal al interior del presupuesto vigencia 2022.
Que mediante Oficio No. 2022EE326152O1 del 19 de julio de 2022, la Dirección Distrital de Presupuesto, emitió concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el ajuste presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2022, por valor de CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL CIENTO CINCO PESOS ($49.904.105) M/CTE. En mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | 49.904.105 O21 | FUNCIONAMIENTO | 49.904.105 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 8.723.010 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 8.723.010 O2120201 | Materiales y suministros | 8.723.010 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | 8.723.010 O212020100302 | Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares | 4.015.840 _O2120201003023212801_ | _Papel bond_ | _4.015.840_ O212020100305 | Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) | 4.707.170 _O2120201003053544203_ | _Mezclas químicas para extintores_ | _4.707.170_ O2190 | OBLIGACIONES POR PAGAR FUNCIONAMIENTO | 41.181.095 CÓDIGO | CONCEPTO | CONTRACRÉDITOS _O219001_ | _Obligaciones por Pagar Funcionamiento Vigencia Anterior_ | _3.403.328_ _O219002_ | _Obligaciones por Pagar Funcionamiento Otras Vigencias_ | _37.777.767_ | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 49.904.105 Artículo 2. Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Engativá, conforme al siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | CRÉDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | 49.904.105 O21 | FUNCIONAMIENTO | 49.904.105 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 49.904.105 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | 49.904.105 O2120202 | Adquisición de servicios | 49.904.105 O2120202006 | Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | 8.793.056 O212020200603 | Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas | 8.793.056 _O21202020060363399_ | _Otros servicios de suministro de comidas_ | _8.793.056_ O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | 37.758.409 O212020200802 | Servicios jurídicos y contables | 666.670 _O21202020080282130_ | _Servicios de documentación y certificación jurídica_ | _666.670_ O212020200806 | Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos | 33.591.739 _O21202020080686312_ | _Servicios de distribución de electricidad (a comisión o por contrato)_ | _30.766.780_ _O21202020080686330_ | _Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)_ | _2.824.959_ O212020200807 | Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción) | 3.500.000 _O2120202008078715701_ | _Servicio de mantenimiento y reparación de ascensores_ | _3.500.000_ O2120202009 | Servicios para la comunidad, sociales y personales | 3.352.640 O212020200904 | Servicios de alcantarillado, recolección, tratamiento y disposición de desechos y otros servicios de saneamiento ambiental | 3.352.640 _O21202020090494110_ | _Servicios de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales_ | _3.352.640_ TOTAL CRÉDITOS | 49.904.105 Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=125797).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de julio del año 2022.
ÁNGELA MARÍA MORENO TORRES
Alcaldesa Local de Engativá
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