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Resolución 128 de 2022

Resolución 128 de 2022 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Tipo
Resolución
Número
128
Año
2022
Fecha
16 de junio de 2022
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 128 DE 2022 (Junio 16)

_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2022_

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 4 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los literales c) y e) del Artículo 4 del Acuerdo 008 de 2016 de la Junta Directiva del IDT y,

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico. Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es funciona de la Junta Directiva del Instituto Distrital del Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto,_así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con_ las disposiciones distritales vigentes sobre el _tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento__ ” (_negrilla fuera de texto_.) Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021, dispone que “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local._En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos__ _”._ (_negrilla fuera del texto_) Que, mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director(a) General a efectuar a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2022, la autorización es hasta DOSCIENTOS DOS MILLONES DE PESOS MCTE. ($202.000.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, de conformidad con el literal [a)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68029) del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2016 expedido por la Junta Directiva del Instituto, en desarrollo de las funciones asignadas a la Subdirección de Gestión. Corporativa del IDT, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS MCTE ($5.871.000), teniendo en cuenta el estudio de mercado realizado y la cantidad de elementos de impresión estimados a adquirir de tóner y unidades de imagen para los equipos de impresión de la entidad.

Que mediante comunicación No. 2022EE231263O1 del 07 de junio de 2022 la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS MCTE ($5.871.000). Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de CINCO MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL PESOS MCTE ($5.871.000). Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes. Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 16 días del mes de junio del año 2022. __ KAROL FAJARDO MARIÑO

Directora General

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