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Decreto Local 010 de 2022

Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Teusaquillo

Tipo
Decreto Local
Número
010
Año
2022
Fecha
1 de julio de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Teusaquillo
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

(Julio 01)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2022_

EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que según los establecido en el párrafo [tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.parr.3) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”._ Que el parágrafo [único](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10.p) del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que … _“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”_ Que mediante la Resolución No. 140 de 2022 Artículo primero se adjudicó el proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía No. FDLT-SAMC-017-2022 (72816) que tiene por objeto _“Contratar los seguros que amparen los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad.”_, al proponente AXA COLPATRIA SEGUROS S.A, con Nit.860002184-6.

Que en el artículo segundo se ordena la anulación del CDP 530 del 02 de junio de 2022 y la reexpedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal de acuerdo a los valores de los ramos ofertados por el proponente en la oferta económica seleccionada, con cargo a los rubros: _“Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)”_ con imputación presupuestal O212020200701030471347 por valor de $2.569.728, _“Servicios de seguros de vehículos automotores”_ con imputación presupuestal O212020200701030571351 por valor de $9.497.547,_“Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”_ con imputación presupuestal O212020200701030571354 por valor de $11.695.460 y _“Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”_ con imputación presupuestal O212020200701030571355 por valor de $ 45.283.249. Que, en consecuencia, es necesario realizar un ajuste en los rubros _"Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)”_ con imputación presupuestal O212020200701030471347,_“Servicios de seguros de vehículos automotores”_ con imputación presupuestal O212020200701030571351, “Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción” con imputación presupuestal O212020200701030571354 y _“Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”_ con imputación presupuestal O212020200701030571355, dichos ajustes le permitirán a la Administración Local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad, amparando los intereses patrimoniales, así como los bienes que estén bajo su responsabilidad, custodia, cuidado y control, o por los que pueda ser legalmente responsable, así como la expedición de cualquier otra póliza de seguros que requiera la entidad en el desarrollo de su actividad. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:

DECRETA:

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle: | CODIGO | NOMBRE | CONTRACREDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 8.228.980 O21 | Funcionamiento | 8.228.980 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 8.228.980 O21202 | Adquisición de diferentes activos | 8.228.980 O2120202 | Adquisición de servicios | 8.228.980 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 8.228.980 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | 8.228.980 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | 8.228.980 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | 8.228.980 O212020200701030571351 | Servicios de seguros de vehículos automotores | 5.495.709 O212020200701030571354 | Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción | 2.733.271 TOTAL CONTRACREDITOS | 8.228.980 Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:

CODIGO | NOMBRE | CREDITO ---|---|--- O2 | Gastos | 8.228.980 O21 | Funcionamiento | 8.228.980 O212 | Adquisición de bienes y servicios | 8.228.980 O21202 | Adquisición de diferentes activos | 8.228.980 O2120202 | Adquisición de servicios | 8.228.980 O2120202007 | Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing | 8.228.980 O212020200701 | Servicios financieros y servicios conexos | 8.228.980 O21202020070103 | Servicios de seguros y pensiones (excepto los servicios de reaseguro y de seguridad social de afiliación obligatoria) | 8.228.980 O2120202007010304 | Servicios de seguros de salud y de accidentes | 6.928 O212020200701030471347 | Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) | 6.928 O2120202007010305 | Otros servicios de seguros distintos a los seguros de vida (excepto los servicios de reaseguro) | 8.222.052 O212020200701030571355 | Servicios de seguros generales de responsabilidad civil | 8.222.052 TOTAL CREDITOS | 8.228.980 Artículo 2 (Sic). Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia.

Artículo 3. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 4. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=125157)

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de julio del año 2022.

JAIME ANDRÉS VARGAS VIVES

Alcalde Local de Teusaquillo (E)

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