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Resolución 465 de 2022

Resolución 465 de 2022 Empresa Metro de Bogotá S.A.

Tipo
Resolución
Número
465
Año
2022
Fecha
17 de junio de 2022
Entidad
Empresa Metro de Bogotá S.A
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 465 DE 2022

**(Junio 17)

**[Derogada por el art 8, Resolución 016 de 2026.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=193303#8)

_Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los Empleados Públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A_

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE BOGOTÁ S.A.

En ejercicio de sus atribuciones legales y especialmente las conferidas en el artículo 47 de los Estatutos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., y el Acuerdo 07 de 2021 expedido por la Junta Directiva de la Empresa Metro de Bogotá S.A.

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo de la Junta Directiva No. [07](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116338) del 26 de agosto de 2021, se modificó la estructura organizacional de la Empresa Metro de Bogotá S.A., definida en el Acuerdo de Junta Directiva No. [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=68654) de 2016, modificada por el Acuerdo [02](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82699) de 2019, estableció, entre otras, la creación de la Oficina de Control Interno Disciplinario, en cumplimiento de la Ley [1952](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82445) de 2019 modificada por la Ley [2094](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114647) de 2021.

Que mediante Resolución [782](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116719) del 14 de septiembre de 2021 se adoptó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., el cual fue modificado mediante la Resolución [981](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=118062) de 2021.

Que mediante Acuerdo de Junta Directiva [03](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124626) de 2022 se modificaron las funciones de la Oficina de Control Interno Disciplinario y de la Gerencia Jurídica, para dar aplicabilidad a lo dispuesto por el Artículo [93](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=82445#93) de la Ley 1952 de 2019 modificada por la Ley [2094](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=114647) de 2021[1] que establece que en el proceso disciplinario debe garantizarse que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento, por lo que es necesario realizar un cambio en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de dichos empleos.

Que en el mismo sentido se hace necesario modificar el perfil del empleo de asesor, el cual actualmente corresponde al de estructurador financiero de proyectos, adscrito al despacho del Gerente General, con el propósito de asignar la función de sustanciación, para los procesos de segunda instancia a cargo del nominador.

Que mediante concepto técnico favorable del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, 2-2022-360, radicado internamente con el número EXT22-0006705, emitido el 23 de mayo de 2022, procede la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleados públicos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., de acuerdo con la justificación entregada.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los siguientes Empleos Públicos de la planta de cargos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., cuyas funciones deberán ser cumplidas por el servidor que se vincule, con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos señalan, así: Artículo 2. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la acreditación de grados, títulos, licencias, matrículas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensados por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan. Artículo 3. El área de Talento Humano entregará a cada funcionario copia de las funciones y competencias determinadas en el presente Manual para el respectivo empleo en el momento de la posesión o cuando sea ubicado en otra dependencia que implique cambio de funciones. Los jefes inmediatos responderán por la orientación del empleado en el cumplimiento de las mismas. Artículo 4. Comunicar la presente Resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, para la actualización del SIDEAP. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124797) y modifica en lo pertinente la Resolución No. [782](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=116719) de 2021. Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de junio del año 2022.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

LEONIDAS NARVÁEZ

Gerente General NOTA AL PIE DE PAGINA:

* * * [1] “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones”

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