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Decreto Local 006 de 2022

Decreto Local 006 de 2022 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
006
Año
2022
Fecha
23 de mayo de 2022
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 006 DE 2022

(Mayo 23)

_Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal 2022_

LA ALCALDESA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

**En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Distrital No. 372 de 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que, los Fondos de Desarrollo Local, efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de la vigencia anterior mediante Decreto Local previa la viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital Presupuesto.
Que en la Resolución N° SHD-[000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017, sobre el ajuste por Cierre Presupuestal e indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.
Que mediante oficio No 2022EE044794O1 del 16 de febrero de 2022, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda informó a la Alcaldesa Local de Antonio Nariño los ajustes a la Disponibilidad Inicial, una vez distribuidos los excedentes financieros de los FDL por CONFIS.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1. Ajustar la Disponibilidad Inicial en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia 2022, conforme al siguiente detalle: | Código | Concepto | Reducir ---|---|--- O10 | DISPONIBILIDAD INICIAL | 3.816.236.788 O1002 | BANCOS | 3.816.236.788

Artículo 2. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=105225#15) de la Ley 2080 de 2021.

Artículo 3. Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=124017)

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de mayo del año 2022.

MÓNICA ALEJANDRA DÍAZ CHACÓN

Alcaldesa Local Antonio Nariño

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